El gobierno se encuentra alistando los últimos detalles previo al ingreso de las indicaciones al proyecto de reforma a la Educación Superior. El texto ingresado en julio de 2016 -tras una serie de postergaciones- ha sido criticado tanto por los parlamentarios, los rectores y los estudiantes. 

Es así que desde hace meses que el Ejecutivo se encuentra alistando cambios que permitan destrabar una de sus reformas emblemáticas, y que busca introducir cambios en el sistema terciario y regular la gratuidad en el futuro. 

Si bien las indicaciones aún no ingresan al Congreso, los parlamentarios de la Comisión de Educación de la Cámara -donde se tramita el proyecto- han recibido una minuta que detalla los principales cambios. En el texto al que accedió T13 se confirma que se dividirá el proyecto “a fin de agilizar su tramitación legislativa”. En concreto, el actual título VI del proyecto sobre educación Superior Estatal pasará a ser un nuevo mensaje.

En tanto, el texto actualmente en tramitación, se concentrará en regular “aspectos institucionales, tales como la creación de la subsecretaría de Educación Superior y la Superintendencia de Educación Superior, modificar el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad y Regular el financiamiento institucional para la gratuidad”. 

Junto con esto, se creará la Subsecretaria de Educación Superior, se mantendrá el establecimiento de un sistema común de acceso y se creará la superintendencia de Educación. 

En cuanto al aseguramiento de la calidad, se reemplazará la creación de un nuevo servicio (Consejo para la Calidad) y se consagrará la obligatoriedad de la acreditación institucional. 

En relación al financiamiento, uno de los principales cambios es la decisión de mantener el Aporte Fiscal Directo para las Universidades del Consejo de Rectores, que en el texto original se terminaba en un plazo de 5 años, algo que había sido criticado por las instituciones, sobre todo las del G9 (privadas adheridas al Cruch). En tanto, se elimina la creación de un fondo de Investigación y Creación Artística. 

Otro guiño a las universidades del G9, es que se realiza una distinción entre las universidades estatales, las no estatales pertenecientes al Consejo de Rectores, además de privadas. El anterior texto solo distinguía entre estatales y privadas, lo que generaba reparos en el G9.

Adicionalmente, se explica en la minuta, se “incluye un artículo que reconoce la importancia y trayectoria de las Universidades del Consejo de Rectores”. La anterior versión del proyecto hacía este guiño solo a las estatales. 

“Prohibición efectiva del lucro”

En cuanto a este punto, la minuta señala que se “profundizará la tipificación penal en materia de negación incompatible, en el marco de regulaciones que se relacionen con otros sectores, tales como Directores de Sociedades Anónimas”. Sin embargo, no se detalla cómo se procederá ante estos casos.

Financiamiento y avance de la gratuidad

Se establece la regulación para la gratuidad, la que se mantendrá de acuerdo a lo establecido en la glosa presupuestaria del 2017. Esto en relación a los requisitos para acceder a la gratuidad (tanto de las instituciones como de los estudiantes), la regulación de vacantes, entre otros aspectos. 

En cuanto a los aportes basales para las universidades,  la minuta señala que este punto se fijará en el proyecto de ley que las regulará (y que se separará de la reforma).

Junto con esto, se mantiene la transición de avance hacia la gratuidad universal en los mismos términos que establece el proyecto original. Esto es, a partir de una fórmula que condiciona el progreso a la obtención de determinadas metas de crecimiento económico, medidas de acuerdo a los ingresos fiscales estructurales (o PIB tendencial). 

Cambios en la Acreditación

Se mantiene la existencia de la CNA, pero se modifica la composición y el mecanismo de designación de sus miembros, eliminando a los representantes de las instituciones sujetas a evaluación. 

“De este modo se previenen potenciales conflictos de interés que se pueden producir al mantener a los incumbentes como integrantes de este organismo”, detalla la minuta. 

Pero más allá de eso, se establece la “acreditación institucional integral obligatoria, la que debe contemplar un muestreo representativo de carreras y programas”. Adicionalmente se establece la acreditación en 5 dimensiones, para las cuales se fijan plazos de cumplimiento:

  • Docencia y Resultados del proceso de formación
  • Gestión y recursos institucionales
  • Aseguramiento interno de la calidad
  • Vinculación con medio
  • Generación de conocimiento, creación e innovación

Otro de los cambios es que se mantienen los actuales años de acreditación, hasta 7 años, pero le corresponderá a la Nueva CNA realizar una propuesta de niveles de acreditación. El texto inicial contemplaba definir el reconocimiento de las instituciones de acuerdo a tramos (A, B y C).

En caso que alguna de las instituciones no se acredite, se mantendrán las consecuencias fijadas en el texto original. Esto es:

  • Que si una institución obtienen acreditación de 3 años, se le otorgará una acreditación condicional, por una sola vez.
  • Bajo los tres años, la institución no se acredita y se nombra a una Administrador Provisional. En caso que en el siguiente proceso no consiga el reconocimiento, se procederá a su cierre. 

Otro de los cambios que anuncia la minuta es que se regulará "la apertura de carreras, programas y sedes” además del cierre de carreras y programas. Eso sí, no se detalla cómo. 

Junto con esto, se mantiene la acreditación de las carreras de pedagogía, y se establece como condición de existencia la acreditación obligatoria de las carreras de medicina, que actualmente solo la necesitan para recibir recursos públicos. 

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