La Tesorería General de la República (TGR) y el Servicio de Impuestos Internos (SII) informaron este miércoles que el próximo 26 de abril se efectuará la primera devolución de renta a los contribuyentes que entreguen su declaración anual de impuestos entre el 1 y el 8 del mismo mes.
“Este año nuevamente estamos haciendo un esfuerzo operativo para cumplir oportunamente con las expectativas de los contribuyentes que esperan su devolución de impuestos”, subrayó el tesorero general de la República, Hernán Nobizelli.
La autoridad aclaró que para que la devolución se lleve a cabo de manera oportuna, los contribuyentes deben registrar con precisión en el Formulario 22, los datos de la cuenta bancaria a la cual la Tesorería realizará la transferencia en línea.
Nobizelli recordó que en la operación renta del año pasado, el 98,4% de las devoluciones se realizó mediante transferencias en línea a las cuentas bancarias de los contribuyentes. Agregó que el 1,4% de las devoluciones de hizo mediante cheque (53.994) y sólo el 0,47% mediante pago en efectivo (directo) en las cajas de Banco Estado.
Operación renta 2024: conoce el calendario completo
El calendario de devoluciones de renta fue entregado este miércoles en una conferencia de prensa conjunta que encabezaron Nobizelli y el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Hernán Frigolett.
Después de la primera devolución prevista para el 26 de abril, las próximas fechas de pago son el 14 de mayo, en este caso para quienes entreguen su declaración entre el 9 y el 19 de abril. El siguiente tramo de devolución será el 20 de mayo, para los contribuyentes que hagan su declaración entre el 20 y el 26 de abril. Por último, quienes hagan su declaración entre el 27 de abril y el 10 de mayo, recibirán su devolución el 28 de mayo.
Los contribuyentes que soliciten devolución de renta mediante cheque o pago en efectivo, tendrán disponible el pago a partir del 30 de mayo de 2024.
El tesorero general de la República hizo un llamado a los contribuyentes a efectuar oportunamente su declaración anual de impuestos, en lo posible dentro de los primeros días de abril, de modo que quienes tengan derecho a devolución y soliciten ésta por medio de transferencia bancaria, obtengan el pago o depósito en alguno de los primeros tramos del calendario de devoluciones.