Este martes, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció que presentó una demanda colectiva contra la multitienda La Polar.
El organismo detalló que la acción legal se debe a venta de ropa falsificada y por falta de información a los consumidores sobre las prendas que ha estado comercializando.
Por ello, el Servicio solicita indemnizaciones para todos los consumidores afectados por las mencionadas prácticas y que se apliquen las máximas multas y sanciones que establece la ley.
¿Quiénes serían los beneficiados?
En ese sentido, la demanda establece dos grupos de beneficiarios con sus respectivos subgrupos.
El Grupo 1 corresponde a los consumidores que compraron prendas vendidas por La Polar de marcas internacionales que no son auténticas u originales. Ellos deben ser indemnizados por el daño emergente causado por la disposición patrimonial o por el valor de compra de estos productos.
- En el subgrupo n°1 están quienes compraron en forma presencial a quienes se les debe indemnizar por el valor de la compra más los gastos incurrido para concurrir a la tienda.
- En el subgrupo N°2 figuran quienes compraron a través de internet y pagaron el servicio de despacho, deben ser indemnizados por el valor de las compras y el despacho del producto.
El Grupo 2 considera a quienes adquirieron prendas vendidas por La Polar de marcas originales que, pudiendo ser eventualmente originales, corresponde a segunda o tercera selección, stock sobrante o saldos de otras temporadas, las cuales no cumplen con los estándares de calidad que dichas marcas aplican a los productos de primera selección.
En el subgrupo 1 del Grupo 2, están quienes compraron dichas prendas de manera presencial y deben ser indemnizados por el valor de la compra y los gastos incurridos, y en el subgrupo 2 están quienes compraron por internet y deben ser indemnizados por el valor de la compra más lo pagado por el servicio de despacho del producto.