Este miércoles entró en vigencia la ley 21.421, que excluye de beneficios carcelarios a quienes hayan cometido delitos de carácter sexual contra menores de edad.

Se trata de una modificación que impedirá que se pueda rebajar la condena a agresores sexuales contra niñas, niños y adolescentes, pues previamente se podía acceder a una rebaja de la condena por el solo hecho de tener un buen comportamiento.

La iniciativa fue aprobada por el Congreso Nacional e implica modificaciones a la ley 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta.

En esa línea, se plantea que las personas privadas de libertad podrán acceder a algún beneficio intrapenitenciario o a la libertad condicional salvo que se esté cumpliendo condena por algún delito de carácter sexual perpetrado "en contra de una víctima menor de edad".

Al respecto, el subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, valoró la iniciativa, señalando que "a contar de hoy (miércoles) se excluye beneficio de rebaja de condena a agresores sexuales contra NNA".

"Esto permitía reducir la condena por el solo hecho de tener buen comportamiento en la cárcel. Sin embargo, debe prevalecer el interés superior del niño y evitar espacios de impunidad", agregó.

 

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