El Juzgado de Letras y Garantía de Quintero acogió la solicitud de sobreseimiento definitivo del funcionario de la Armada Eliseo Jamett Fernández, imputado por el Ministerio Público por su responsabilidad en el derrame de petróleo que afectó a la localidad, el 24 de septiembre de 2014.

El juez Miguel Sáez Navarrete, basado en el artículo 250, letra a) del Código Procesal Penal, señaló que el hecho investigado no es constitutivo de delito.

Según el magistrado, las pruebas en ningún lado indican "de manera expresa que las conductas de introducir o mandar introducir sean realizadas con culpa o negligencia, o algún expresión similar que dé cuenta de la imprudencia del sujeto que despliega la conducta", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "(…) se ha señalado en esta audiencia por uno de los querellantes que la técnica legislativa deja mucho que desear, que los errores del legislador deben ser suplidos por otros organismos públicos. Entiende este sentenciador, que el Tribunal no puede hacerse cargo en materia penal de una defectuosa redacción legislativa, debiendo al momento de aplicar la Ley, velar por el respeto del principio de legalidad, consagrado en el art. 19 N° 3 de la Constitución".

 

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