Debido a las jornadas de manifestaciones en distintas regiones del país, el Gobierno decidió establecer Estado de Emergencia y toque de queda en ciudades como Santiago, Valparaíso y Concepción.
En medio de toda esta convulsión social, el Instituto Nacional de los Derechos Humanos (INDH) –que anunció querellas por “violencia policial” y denunció casos de desnudamientos– detalló cuáles son y qué pasa con los derechos de las personas mientras rigen estas medidas.
ESTADO DE EMERGENCIA
Sobre el Estado de Emergencia, las personas que son detenidas tienen derecho a saber por qué fueron detenidas y a realizar una llamada. Asimismo, tendrán derecho a un abogado defensor, a guardar silencio, a un trato digno –sin ser sometido a tratos crueles o degradantes– y en caso de haber sufrido heridas o lesiones, el detenido deberá ser trasladado por Carabineros a un centro de salud para constatar lesiones.
En el caso de los menores de edad, tendrán derecho a estar separado de los adultos mientras permanecen detenidos. Sólo deberán declarar frente a su abogado defensor y no tendrá que firmar ningún documento con el que no esté de acuerdo.
Los menores de 14 años no pueden ser imputados por un delito, por lo que deben ser liberados inmediatamente. Carabineros deberá contactar a sus padres o a algún adulto responsable.
TOQUE DE QUEDA
Acerca del toque de queda, destacar que se trata de una situación excepcional que restringe el derecho de las personas para circular libremente. Sin embargo, solo restringe los horarios de circulación y no otros derechos.
Salir a la calle durante un toque de queda faculta a los efectivos de las Fuerzas Armadas de Orden y Seguridad a detener a esa persona. En caso de que esto ocurra deberán ser respetados todos sus derechos anteriormente descritos.
“Un estado de excepción constitucional restringe el derecho de libre circulación, pero el derecho a la integridad física y psíquica de las personas permanece intacto”, destacó el INDH.