Como un fallo "inexplicable". Así calificó la Fundación Iguales el dictamen de la Corte Suprema que ratificó la sentencia dictada por la Corte Suprema que, en la práctica, rechazó reconocer a dos mujeres que contrajeron un Acuerdo de Unión Civil como madres del hijo que tienen.
La resolución descartó un actuar arbitrario del Registro Civil, que denegó a la pareja de Emma de Ramón y Gigliola Di Giammarino inscribir al menor que concibieron a través de una técnica de reproducción asistida.
El dictamen de la Suprema señala que de acuerdo al actual Código Civil "un individuo no puede tener más de un padre o más de una madre".
Y se agrega que "el que las solicitantes hayan celebrado un Acuerdo de Unión Civil al amparo de la Ley N°20.830, sólo les confiere a ellas el estado civil de convivientes civiles" pero "ningún efecto produce" en relación a la filiación.
"Que así entonces, esta Corte ha llegado a la conclusión que no ha existido por parte del Registro Civil e Identificación algún acto ilegal, organismo que ha actuado dentro de la esfera de su competencia al negarse a rectificar la partida de nacimiento (…) pues éste ya tiene determinada su filiación en relación a su madre (…) y como se ha razonado, la actual legislación no contempla la posibilidad de que un individuo pueda estar inscrito a la vez por dos madres, pues la maternidad está determinada por el hecho del parto", concluye el fallo.
El presidente ejecutivo de la Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, afirmó que “nos parece inexplicable que el máximo tribunal del país diga que busca terminar con las discriminaciones hacia la diversidad sexual, y al mismo tiempo falle contra el derecho de un niño recién nacido al reconocimiento legal de su familia”.
“Esto es un revés en el reconocimiento y protección de las familias diversas. Aún quedan acciones legales que ejercer, y en las próximas semanas anunciaremos nuestros próximos pasos”, aseveró.