La Corte Suprema confirmó la sentencia en la que condena al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $540.000.000 -quinientos cuarenta millones de pesos- a los familiares de las personas que fallecieron el 27 de febrero de 2010, en el tsunami que azotó el borde costero de la ciudad de Talcahuano.

Según indica el Poder Judicial en su sitio web, en fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que estableció la responsabilidad del Estado por falta de servicio.

El fallo sostiene que "las autoridades encargadas de la protección de la población no sólo no ordenaron una evacuación de la población, sino que, por la inversa, entregaron información errónea en cuyo mérito llamaron a las personas a mantener la calma y a permanecer en sus casas".

"Esto pese a la existencia de un cúmulo de antecedentes que aconsejaban hacer lo contrario, tales como la alerta de tsunami dada por un organismo especializado como la PTWC a las 3:48 horas, que fuera reiterada a las 4:48, indicando que el tsunami ya se había producido en las costas cercanas al epicentro y que también podía constituir una amenaza para costas más lejanas", agrega.

"O como la alerta emitida por el SHOA, que se mantuvo vigente entre las 4:07 y las 4:49 a.m.; las olas que entonces se habían producido en varias zonas del país, incluso ya en Talcahuano", indica la sentencia.

"Resulta evidente, entonces, que al obrar del modo en que efectivamente lo hicieron, la institucionalidad encargada de hacer frente a esta clase de calamidades no operó de la forma que era esperable, de modo que resulta forzoso concluir que los organismos de la Administración del Estado actuaron deficientemente" concluye el fallo.

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