La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió, este jueves, el recurso de amparo presentado en representación de seis ciudadanos que resultaron lesionados por perdigones, y ordenó remitir los antecedentes al Ministerio Público para que indague el actuar policial en las manifestaciones registradas entre el 20 y 31 de octubre pasado, en la región y la eventual vulneración a la seguridad individual de los amparados.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional deducida por el senador Juan Ignacio Latorre, tras acreditar la vulneración a la seguridad individual de los amparados.
El fallo explica que los días 28, 31, 30, 28 y 20 de octubre del año en curso, respectivamente, Francisco Javier Mancilla Ortiz, José Alfredo Leal Ramírez, Mauro Salvador Díaz Piña, David Lara Alvarado, Paula Belén Lasalas Pérez, y Leonardo Ignacio Espinosa Carmona, participaron en diversas marchas convocadas en la región, producto del movimiento social actual.
En dicho contexto, "los recurrentes habrían sufrido impactos de balas tipo perdigones en distintas zonas del cuerpo, resultando aquellos con múltiples orificios de heridas por arma de fuego; lo que se advierte de las fotos acompañadas por los amparados, que dan cuenta de las lesiones sufridas, y las respectivas constataciones de lesiones realizadas en diversos centros de salud".
El documento asegura además que Carabineros de Chile informó que en todos los casos y situaciones relatadas por los amparados, "el proceder policial se ha ejecutado una vez que los manifestantes han sobrepasado las medidas y perímetros de seguridad, procediendo a utilizar disuasivos químicos y otros; proceder que se ha ajustado a derecho, dándose estricto cumplimiento al Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público".
En cuanto a la vulneración a la seguridad individual de los amparados, la resolución informó que "lleva a esta Corte a acoger la acción deducida con el objeto que el Ministerio Público, proceda a abrir una indagación con relación al origen de las lesiones de los amparados, y en el evento de que dicho origen diga relación con balines disparados por Fuerzas de Carabineros de Chile en manifestaciones, como por lo demás se reconocen en los informes acompañados, disponga así mismo si en este último evento antes de proceder al uso de las armas se respetaron los protocolos que al efecto existen".