La Corte de Apelaciones de Iquique acogió los recursos de amparo presentados en representación de 17 ciudadanos venezolanos que ingresaron al país de forma irregular y ordenó dejar sin efecto los decretos de expulsión que habían sido dictados en su contra.
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió las acciones constitucionales presentadas a raíz de lo dictado por la Intendencia de Tarapacá, en relación a la expulsión del país de los ciudadanos extranjeros.
Al respecto, y según consignó el Poder Judicial, los ministros de la sala sostuvieron en uno de los fallos que la Intendencia de Tarapacá "dispuso su expulsión sin que haya sido concluida alguna investigación en su contra y mucho menos se hubiera dictado alguna sentencia con relación al ingreso clandestino al país, sino valiéndose tan solo de sus actuaciones administrativas carentes de fundamento y vulneratorias del derecho a la defensa constitucionalmente protegida”.
En esa línea, afirmaron que "al haber aplicado la autoridad migratoria la sanción de expulsión sin que existiera una investigación y proceso previo debida y legalmente tramitado, constituye una violación a la garantía constitucional del artículo 19 N° 3 inciso 6° de la Constitución Política".
"Antes de aplicar la sanción de expulsión, la Intendencia Regional de Tarapacá, debió en respeto a las garantías constitucionales de la amparada", agregaron.
Y, por lo mismo, insistieron que "no corresponde a la recurrida como autoridad administrativa, imponer esta sanción de carácter tan gravoso, sin contar con el necesario fundamento legal".