La Corte de Apelaciones de Copiapó ordenó este lunes al Colegio Adventista de la ciudad a tratar a una adolescente de 13 años según su identidad de género y nombre social, luego que se le intentara negar el ingreso al establecimiento. Además, dictaminó a que se le permita el uso de los servicios higiénicos acorde a su identidad y modificar de los registros del plantel su nombre registral por su nombre social.

El tribunal estableció que el colegio tuvo un actuar ilegal, arbitrario y discriminatorio, al impedir que la adolescente ingresara a clases en marzo pasado con uniforme femenino, acorde a su identidad de género, por lo que instruyó, además, al plantel la elaboración de un protocolo que permita la inclusión efectiva de niños, niñas y adolescentes que formen parte de la comunidad LGTBIQ, y que encomiende a una institución pública o privada la elaboración y/o ejecución de proyectos educativos relacionados a la materia.

"Que habiéndose establecido que existe un deber de los órganos del Estado, entre éstos, la Superintendencia de Educación, de promover y respetar los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana (…) resulta plenamente racional y acorde con la realidad actual que nuestra sociedad exige en el respeto de estos derechos y en la prohibición de toda forma de discriminación en contra de las personas, cualquiera sea su condición, de forma que el cumplimiento de su preceptiva por parte de los establecimientos educacionales y de sus sostenedores reconocidos oficialmente resulta obligatorio", sostiene el fallo.

Según la resolución, el 11 de marzo de este 2020, el mismo director del establecimiento le negó el ingreso al colegio a la adolescente de 13 años por estar vestida como niña, lo que fue considerado ilegal por el tribunal “porque su identidad femenina no fue respetada, queriendo ella vestir y ser tratada con su identidad femenina sin discriminación".

Para el tribunal de alzada, "ella tiene derecho a expresar su identidad de manera femenina como todas las niñas y adolescentes, esto es, vistiendo el uniforme que usan las niñas y adolescentes del Colegio Adventista de esta ciudad, de modo que la recurrida al no respetar el derecho de la niña a expresar la identidad de género propia, incurrió en una vulneración a las normas internacionales y nacionales que prohíben la discriminación basada en aspectos de género”.

Hasta ahora, el colegio había argumentado que el nombre de la joven no estaba debidamente inscrito en el Registro Civil, lo que fue descartado por el tribunal que consideró una “discriminación y eventual acoso escolar y social que afecta a la niña recurrente, dejándola en un grado progresivo de vulnerabilidad, además de un eventual episodio de violencia física y verbal”.

Foto Principal: Referencial Agencia Uno 

Publicidad