La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, este jueves, el veto aditivo al proyecto que modifica el Código del Trabajo y que regula el contrato de trabajadores y trabajadoras de empresas de plataformas digitales de servicios, como los servicios de delivery.
El texto legal, que está listo para convertirse en ley, establece que los trabajadores de plataformas digitales tendrán acceso a una seguridad social igual que los trabajadores dependientes, lo que hasta ahora no existía.
La nueva norma se enfoca principalmente en que los trabajadores y trabajadoras de estos servicios tengan derecho a una cobertura de seguridad social, que tengan derecho a una indemnización y también derechos colectivos.
Desde el Ejecutivo el ministro del Trabajo, Patricio Melero, destacó que la iniciativa garantizará la protección de los trabajadores y permitirá aprovechar las nuevas tecnologías mejorando con el veto aspectos relevantes de la norma. Así también lo destacó el subsecretario de la cartera, Fernando Arab.
“Con esto, nuestro país será pionero en regular legislativamente a estas economías de plataformas digitales de servicios, a través de una legislación moderna e innovadora, que esperamos logre conciliar, adecuadamente, el debido resguardo de los derechos de los trabajadores con el necesario desarrollo que estas nuevas aplicaciones tienen en un mundo cada vez más globalizado”, dijo Arab.
Derechos laborales para los trabajadores
Entre los puntos que regular la nueva normativa está el acceso a la cobertura de salud, la cotización para las pensiones de vejez y el reconocimiento de cargas familiares, un seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, seguro de invalidez y sobrevivencia, entre otras normas.
En cuanto a las indemnizaciones, y considerando que el ingreso de los trabajadores y trabajadoras podría variar durante se trabajar, se acordó que se considerará como base de cálculo la remuneración promedio del último año trabajado.
En ese sentido, se excluirán aquellos meses no trabajados y se tendrán en consideración los años de servicio.
Además, los trabajadores de plataformas digitales de servicio tendrán el derecho de constituir las organizaciones sindicales que estimen convenientes. Solo define como condición el sujetarse a la ley y a los estatutos de estas. Ellas gozarán de todos los derechos y deberes consagrados para estas instancias.