Este viernes 18 de noviembre comenzó a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que pone obstáculos concretos, a la hora de realizar trámites o hacer negocios, a las personas que mantienen deudas por pensión de alimentos.
La norma busca incentivar el pago de las pensiones alimenticias y sancionará a quienes no lo hagan por tres meses continuos o en cinco meses de manera discontinua.
En específico, las personas que sean deudoras de pensiones de alimentos no podrán renovar la licencia de conducir o el pasaporte. También se le van a retener montos de la devolución de impuestos en la Operación Renta, o se verán impedidos de concretar ventas de bienes e inmuebles.
La retención de fondos de créditos por más de 50 UTM es otro de los castigos a los que se arriesgan quienes sean deudores de pensión alimenticia.
Para que la persona que debe la pensión sea ingresada al registro, se debe hacer una solicitud mediante un juez cuando haya cumplidos tres meses consecutivos sin pagar la pensión, o cinco meses de manera discontinua.
El deudor saldrá del registro de manera automática, una vez que pague la pensión.