El 22° Segundo Juzgado Civil de Santiago condenó el miércoles 27 de abril al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000 a los 74 familiares de las 21 víctimas del tsunami del 27 de febrero de 2010.

En el fallo, el juez Pedro García Muñoz condenó al fisco a pagar montos entre $7.500.000 y $30.000.000 a familiares de fallecidos y a quienes resultaron con lesiones en Juan Fernández, San Antonio, Constitución, Talcahuano y Tomé.

En la resolución, el magistrado estableció la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias del Ministerio del Interior (Onemi) y el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) en los hechos.

En fallo señala que tanto la Onemi como el Shoa tuvieron responsabilidad en la tragedia del 27-F al no cumplir con los protocolos establecidos.

El primero debió haber decretado la Alerta Roja cuando recibió la alerta de maremoto del SHOA y agrega que "no es efectivo que la información con la cual se disponía en ese minuto era precaria o confusa".

"Por una parte, se tenía la propia alerta de tsunami transmitida al C.A.T., y por otra, se tenía como respaldo el primer boletín del Pacific Tsunami Warning Center (Centro de Alerta de Tsunamis del Pacífico, que alertaba de un posible tsunami en las costs chilenas, recibido en la sala SNAM a las 03:48 horas, documento que había sido remitido por el PTWC a las 06:46, hora internacional, 03:46 hora de Chile", señala el fallo. 

La sentencia agrega que "las víctimas podrían haberse salvado si los entes mencionados hubiesen cumplido con las obligaciones que le impone la ley y los reglamentos, y que justamente por causa de las omisiones expuestas las víctimas directas sufrieron los desenlaces fatales en comento, razones por las cuales se ha configurado un actor culposo por parte del Estado de Chile".

 

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