El Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a un total de 26 años de cárcel a Mauricio Ortega, por los delitos de violación de morada, femicidio frustrado y lesiones graves gravísimas a Nabila Rifo.
En definitiva, el tribunal determinó una pena de 540 días de presidio por el delito de violación de morada; de 12 años y 180 días por femicidio frustrado; y 12 años y 180 días por las lesiones graves gravísimas, además de la prohibición de acercarse a la víctima.
Mauricio Ortega es el único condenado por la brutal agresión que vivió Rifo el 14 de mayo de 2016, cuando fue golpeada, perdiendo los ojos, hecho que la tuvo varias semanas al borde de la muerte y por el cual tuvo que ser trasladada a Santiago.
El fiscal regional de Aysén, Pedro Salgado, destacó que "la sentencia ha determinado la sanción que, de acuerdo al mérito de los antecedentes, es acorde a lo que solicitó la Fiscalía, esto es la máxima sanción penal de acuerdo a los delitos por los cuales se acusó, así que desde ese punto de vista y sin perjuicio del análisis más en detalle de la sentencia, desde luego que estamos conformes con lo que el tribunal ha establecido”.
“Esperamos evidentemente que este tipo de sanciones también de alguna otra manera determine que este tipo de situaciones en el futuro no vuelva a suceder y si sucede que el tratamiento de ella sea tan severo como en esta ocasión”, agregó.
El caso de Nabila Rifo ha tenido alta connotación pública debido a la brutalidad de la agresión, siendo incluso condenado por la Presidenta Michelle Bachelet, que ha llamado en varias ocasiones a que "su sufrimiento nunca deje de conmovernos y llamarnos a cambiar".
Los argumentos del tribunal para declararlo culpable
Fue el pasado 18 de abril que el tribunal de Coyhaique declaró culpable a Ortega de los delitos de femicidio frustrado, lesiones graves y gravísimas y violación de morada. Sin embargo, descartó la mutilación, como solicitaba el ministerio Público, y absolvió a Ortega de amenazas.
Estas fueron las razones
Femicidio frustrado y lesiones graves
La fiscalía acusó que la madrugada del 14 de mayo de 2016, Ortega y Rifo se encontraban al interior del domicilio que compartían junto a otras personas. Debido a la ingesta de alcohol se inició una discusión entre ambos.
De a los fiscales, Ortega insultó, amenazó y agredió a la víctima, motivando que ella huya del lugar alrededor de las 6 de la mañana, siendo alcanzada por Ortega quien la golpeó "en reiteradas oportunidades en su cabeza y cuerpo con trozos de concreto causándole lesiones de tal magnitud (fracturas, traumas lesiones cortantes, etc) que le provocaron compromiso de conciencia y riesgo vital".
"Como acto seguido el acusado volvió sobre la víctima y con un elemento punzante procedió a sacar sus globos oculares, provocando su pérdida total e irreversible de su visión", acusó la fiscalía. Los jueces resolvieron que durante el proceso fue acreditado el lugar, la hora y la forma en que fue encontrada Rifo, así como las lesiones que tuvo.
¿Cómo se acreditó que fue él quien le propinó los golpes? Ssegún las declaraciones de funcionarios de Carabineros y de emergencia que llegaron a auxiliar a la víctima, fueron encontradas unas llaves de vehículo con sangre de la víctima y dos pedazos de concreto con sangre y cabello de la víctima, lo que según los jueces "constituye un indicio serio respecto al origen del instrumento empleado en la agresión, que lo vincula con el acusado Mauricio Ortega".
El tribunal relató que los testimonios coinciden con el relato de Rifo. A esto se suma que, según se acreditó en el juicio, las llaves con que fue agredida "eran del acusado". Además, "el acusado prestó una declaración que resultó poco creíble", aseguró el juez.
La condena, eso sí, se dio por voto de mayoría y no por unanimidad de los jueces, ya que uno de ellos estimó que no estaba clara la participación de Ortega en los hechos.
Culpable de violación de morada
La fiscalía relató que a las 7:30 horas del 5 de junio de 2015 Ortega llegó hasta el domicilio de Rifo portando un hacha con la que golpeó la puerta principal del inmueble, la que no pudo abrir. De acuerdo al relato, el imputado se dirigió a la puerta de la cocina la que destruyó.
Fue en ese contexto que habría amenazado de muerte a Rifo. Sin embargo, el imputado fue absuelto del primer delito. "La irrupción violenta al interior del inmueble resultó acreditada, no así las amenazas de quemarla y herirla con un hacha", señaló el magistrado.