"No solo es un peligro para la sociedad hoy, lo ha sido siempre. El desprecio que tiene el señor Bustamante por la vida humana, las mujeres y las niñas es algo pocas veces visto".

Así lo afirmó la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, durante la audiencia de formalización de Hugo Bustamante por su presunta participación en el crimen de Ámbar Cornejo, quien se encontraba desparecida desde el pasado 29 de julio y cuyo cuerpo fue encontrado el pasado jueves en el domicilio que el imputado compartía con la madre de la menor.

La audiencia -donde se decretó la prisión preventiva y un plazo de 120 días de investigación- estuvo marcada por la revelación de crudos detalles sobre las circunstancias en que Bustamante abusó y asesinó a la joven, antes de enterrar su cuerpo. Sin embargo, por respeto a la víctima y su familia como medio decidimos no reproducirlos.

Fue por estos nuevos antecedentes que se realizó una actualización de los delitos imputados a Bustamante, quien hasta el viernes era acusado de homicidio calificado.

Ahora, en cambio, se le formalizó por violación, inhumación ilegal y femicidio. 

¿Por qué se considera femicidio?

Durante la audiencia de formalización la fiscalía entregó nuevos detalles del caso, asegurando que el imputado "planificó los hechos descritos". Muestra de ello fueron las diversas búsquedas en internet sobre compra de objetos para vulnerar la voluntad de la menor y cometer el crimen.

Del mismo modo se revelaron detalles del abuso sexual que habría cometido Bustamante antes de asesinarla y enterrar el cuerpo. "Nos encontramos ante un delito excepcional, cometido frente a una menor de edad, y ocupando una fuerza física brutal respecto de una persona", afirmó la jueza Daniela Rodríguez.

La magistrada del tribunal de garantía destacó entre los antecedentes la planificación, las medidas  "sofisticadas" de "ocultamiento", el intento de Bustamante de darse a la fuga y las amenazas denunciadas por la madre de Ámbar. 

"Se trata de una de las conductas más graves que establece el código penal y que de ser condenado se establece una pena altísima", agregó.

Tal como explican desde la comisión de Derecho Penal de la Asociación de Abogadas Feministas (ABOFEM), la imputación de femicidio es posible luego que en marzo de este año se promulgara la ley Gabriela, que amplió la definición legal de este concepto, vigente desde 2010, que tipificaba bajo esta figura solo los casos donde un hombre daba muerte a su actual o ex cónyuge o conviviente.

La nueva normativa -además de tipificar la violencia en el pololeo- establece el femicidio por causal de razón de género.

“El hombre que matare a una mujer en razón de su género será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo", detalla el artículo 390 ter del Código Penal. Y se establece que existe razón de género cuando ocurren alguna de estas circunstancias. 

  • Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
  • Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
  • Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372 bis. 
  • Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
  • Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación”.

Es por ello que -a la luz de los antecedentes revelados en la audiencia- desde la ABOFEM plantean que en esta caso se trata de una violación con femicidio. 

"El delito de Femicidio es un delito de dominación como una de las formas mas extremas de violencia de genero consistente en matar a una mujer por el hecho de ser tan, es decir, en razon de su genero", manifiestan desde la asociación de abogadas feministas.

Los antecedentes del caso

Bustamante fue detenido la tarde del jueves pasado tras ser sindicado como el responsable de quitarle la vida a Ámbar Cornejo, joven de 16 años que se encontraba desparecida desde el pasado 29 de julio en la comuna de Villa Alemana, región de Valparaíso.

Esto luego que se confirmara el hallazgo del cuerpo de la joven al interior de la casa que compartía la madre de Ámbar, Denise Llanos, con Bustamante. De acuerdo a la Fiscalía, fue Llanos quien confesó que su pareja había cometido el crimen el mismo día de la desaparición de la menor, quien había ido a retirar el dinero que su padre le enviaba mensualmente desde el norte del país.

La menor había dejado de vivir con su madre puesto que rechazaba la relación que ella tenía con Bustamante, conocido en la zona por el femicidio que había cometido en 2005. 

Y es que Bustamante había sido condenado a 27 años de prisión luego de degollar a su entonces pareja y estrangular a hijo de esta, de solo 9 años. Un crimen que intentó ocultar al dejar los cuerpos al interior de un tambor. Fue en 2016 -y cuando llevaba 11 años de prisión- que Bustamante accedió a la libertad condicional. Esto en un año donde la Corte de Apelaciones de Valparaíso entregó más de mil beneficios carcelarios, casi 10 veces los cursados un año antes. 

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