La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, por 105 votos a favor, el proyecto de ley que regula las aplicaciones que ofrecen servicios de transporte público, más conocida como la "Ley Uber". Ahora la iniciativa legislativa iniciará su discusión en el Senado.
La ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, valoró este nuevo paso, agradeciendo el trabajo parlamentario y destacando que el proyecto de ley tiene por objetivo establecer un marco regulatorio que se hace cargo de una realidad, beneficiando a los usuarios, potenciando la competencia y la convivencia vial.
"Como gobierno entendemos que las tecnologías están cambiando la forma de transportarse y que es necesario establecer un marco regulatorio prudente que se hace cargo de esta nueva realidad, poniendo en el centro de debate la calidad de servicio para los ciudadanos que lo usan cotidianamente", destacó Hutt.
La propuesta de ley establece una serie de exigencias a las aplicaciones, con el objetivo de generar condiciones de igualdad y una competencia justa.
En ese sentido la ministra señaló que "a modo de ejemplo, deberán definirse como empresas de transporte remunerado de personas, estar constituidas en Chile e inscritas en un registro público que contendrá la información de conductores y vehículos adscritos por región. Además, deberán contratar seguros de responsabilidad civil y de vida para conductores y pasajeros, y por obligación a los conductores se les exigirá licencia profesional para el transporte de pasajeros A-1, A-2 o A-3".
En cuanto a las sanciones, estas se aplicarán tanto a las empresas de aplicaciones como a los conductores y se clasificarán como graves y leves. Las multas a las empresas pueden fluctuar entre $145.050 y $4.835.000, y entre $967.000 y $9.670.000, en caso de reincidencia. Por otro lado, en el caso de los conductores estas pueden oscilar entre los $48.350 y $483.500.
La Subsecretaría de Transportes podrá revocar la autorización por acumulación de infracciones, suspendiendo la licencia por 6 meses al conductor no inscrito o no adscrito a una empresa autorizada. Así también, se podrá sancionar al pasajero que, a sabiendas, acepte la prestación irregular de servicios o entorpezca la fiscalización. Estas sanciones fluctuaran entre $48.350 y $241.750.