La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, que se entrega dependiendo de las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos.

La Asignación Familiar da derecho a recibir, por cada carga familiar acreditada, una suma de dinero que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario. Si éste gana más de 765.550 pesos, no tiene derecho a que le paguen esta cantidad, pero sí puede acceder a otras prestaciones y beneficios.

El pago de la Asignación Familiar se realiza mensualmente a pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional, como una AFP o ex cajas de previsión, fusionadas en el Instituto de Previsión Social, IPS, mientras que los trabajadores independientes lo reciben el dinero una vez al año.

¿Cuándo y cómo se paga el dinero de la Asignación Familiar?

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.

¿Quiénes tienen derecho al beneficio?

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.

¿Cuál es el monto del beneficio?

El monto mensual de la Asignación Familiar depende del ingreso del trabajador.

Los valores vigentes, a contar del 1 de marzo de 2020 son de 13.155 pesos para quienes tengan ingresos de hasta $336.055.

$8.073 para quienes perciban ingresos entre $336.056 hasta $490.844, y de $2.551 para quienes cobren entre $490.845 y $765.550.

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