Quedan solo días para que comience septiembre y uno de los grandes eventos que siempre captan la atención de las personas es la celebración de las Fiestas Patrias y, por lo mismo, el aguinaldo que reciben trabajadores y pensionados.

Respecto al último grupo, los pensionados que cumplan con los requisitos recibirán una suma de dinero que se paga una sola vez al año, que es denominado como Aguinaldo de Fiestas Patrias.

Dicho dinero no tiene descuentos y, además, no se considera para el pago de impuestos ni de cotizaciones previsionales o de salud.

¿Qué pensionados recibirán el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023?

El Aguinaldo de Fiestas Patrias se entregará a personas que al 31 de agosto de 2023 sean: 

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Cuál es el monto del aguinaldo y cuándo se pagará?

El Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados es de $23.261 por pensionado, pero se incrementará en $11.933 por cada persona que el pensionado tenga acreditado como carga familiar al 31 de agosto de 2023.

Cabe destacar que el incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido recibir la Asignación Familiar en caso de que éstas asignaciones sean recibidas por una persona distinta al pensionado o hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

El dinero se pagará junto a la respectiva pensión de septiembre.

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