El pasado 9 de abril, en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, se presentó una acusación en contra de un menor que había participado en un alunizaje. La fiscalía describió el caso y mencionó que el adolescente usó una camioneta recién robada para derribar una muralla de una tienda comercial para concretar un robo. 

Se trataba de un procedimiento simplificado en el que el mismo involucrado reconoció su responsabilidad en los hechos.

Sin embargo, para el juez Cristián Sánchez, quien tomó el caso, no fueron pruebas suficientes y exigió al Ministerio Público "antecedentes espaciales" para condenar al menor.

De acuerdo a La Tercera, en su resolución, cuestionó que la fiscalía calificara los hechos como un "alunizaje" y se remitió al significado literal que el diccionario otorga a dicho concepto.

"Alude a un hecho aeroespacial consistente en detenerse en un cuerpo celeste extraplanetario, específicamente la Luna y, por ahora, ese hecho es física y jurídicamente imposible", dictó la resolución judicial según el medio. 

Si bien se reconoció que las pruebas "permiten concluir, sin mayores esfuerzos, que estamos en presencia de un elito de robo en lugar no habitado", estimó que los elementos necesarios para asignar calificación al delito y pena al imputado no se consideraban en el requerimiento.

Frente a esta situación, los fiscales presentaron un recurso de mulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago argumentando que el juez "asmilió alunizaje con alunizar. Esto es posarse sobre la Luna, desestimando cualquier otra acepción que fuere útil".

El tribunal de alzada anuló el singular análisis que hizo para absolver el juez de garantía. La corte acogió el recurso, anuló la sentencia y solicitó una nueva audiencia de la cual el juez Sánchez fue inhabilitado. 

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