La Contraloría dio a conocer un nuevo dictamen que establece que las instituciones públicas no pueden bloquear a usuarios de sus redes sociales.

El dictamen del 10 de julio, se da luego de que Manuel Lobos y David Zúñiga, (dos usuarios de Twitter), denunciaran que la Policía de Investigaciones (PDI), de haber bloqueado de manera irregular sus cuentas personales, ya que aunque no existe normativa que permita aquello.  

El ente, indica que la PDI presentó un informe en el que señala que "posee un manual de uso de redes sociales, reservándose el derecho a bloquear las cuentas de usuarios que transgredan ciertas normas básicas como uso de lenguaje violento, soez, ataques a instituciones, autoridades y a cualquier tipo de minorías, entre otros tópicos".

Además, agregan que la PDI "sostiene que es facultad exclusiva y excluyente de todo administrador de una cuenta de ese tipo la de aceptar y/o bloquear discrecionalmente a sus seguidores y/o comentarios efectuados, sin constituir una conducta arbitraria o ilegal, sino una manifestación de su derecho sobre la misma".

La Contraloría explicó que no corresponde que una institución pública realice el bloqueo de usuarios de sus cuentas, puesto que la red social es parte del "derecho de los ciudadanos a conocer y ser informados de las actividades y labores desarrolladas en forma continua y permanente por los servicios públicos, y a emitir opiniones sobre ello".

El ente regulador agregó que "lo anterior, de ningún modo supone que las personas puedan tratar en términos inapropiados o insultantes a las autoridades o dirigirse a los servicios públicos sin el debido respeto".

Finalmente, el dictamen explicita que: "No corresponde que la PDI bloquee unilateralmente en su cuenta institucional a aquellos usuarios particulares de la citada plataforma virtual de comunicación social que han emitido ciertas opiniones o expresiones, debiendo adoptarse, a la brevedad, las acciones necesarias para subsanar dicha situación".

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