Una ciclista de 24 años murió la mañana de este jueves tras ser atropellada por un bus de Red (ex Transantiago), en la comuna de Providencia.

Su muerte se suma a la de otras dos personas que perdieron la vida en estos últimos 15 días. El 30 de octubre pasado, murió el periodista Christian Martínez Santos, de 30 años, cuya bicicleta fue embestida por un bus de Red, en Avenida Carmen con Avenida Santa Isabel.

Mientras que otro ciclista falleció esta semana, James Fuentes, tras ser atropellado por el conductor de un vehículo en la intersección de la avenida Pajaritos con Las Torres, en la comuna de Maipú.

Estos tres casos, sin embargo, distan de ser casos aislados, ya que entre enero y septiembre, han perdido la vida 85 personas que se transportaban en bicicleta, según informó este miércoles la ministra de Transportes, Gloria Hutt.

Sobre este tema, la secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), Johanna Vollrath señaló en T13 AM que los hechos que han ocurrido últimamente "son lamentables".

Lo que podemos decir es que los ciclistas son uno de los grupos más vulnerables en las calles y nuevamente queda en evidencia la vulnerabilidad de ellos y los peatones”.

En este sentido, hizo un llamado a los automovilistas, indicando que “siempre deben respetar a los peatones y los ciclistas para que no sigan ocurriendo estas tragedias”.

¿Qué dice la ley sobre la convivencia de autos y bicicletas?

La Ley de Convivencia Vial comenzó a regir en noviembre de 2018, sustituyendo a la antigua Ley de Tránsito, para equiparar los derechos y deberes de todos los transportes que circulan por la vía, en especial los ciclistas y los peatones.

Los principales cambios que contempla la ley son: uso de la vereda sólo para peatones, zonas de adelantamiento, velocidad máxima para todos los medios de transporte y uso de ropa reflectante para los ciclistas.

El incumplimiento de estos deberes y derechos se castiga con multas que van desde los 10 mil a 25 mil pesos aproximadamente.

Tanto carabineros como también los inspectores municipales pueden fiscalizar el comportamiento de los conductores, incluyendo los casos en que los ciclistas utilizan la vereda sin tener el derecho a ello.

Principales cambios introducidos por la Ley

  • Uso de veredas: La norma enfatiza en que todos los ciclos, o sea, tanto las bicicletas –incluyendo las eléctricas- además de patinetas, patines y monopatines, tienen la obligación de circular por las ciclovías (si estas existen) o por la calzada.
  • Los casos excepcionales que podrán circular por la vereda son: adultos en bicicleta acompañando a niños menores de 7 años, menores de 14 años sin acompañante, personas con discapacidad y adultos mayores.
  • Otras excepciones se refieren a que si la iluminación y las condiciones climáticas impiden cumplir con la regla general de transitar la calzada o por las ciclovías, los ciclistas estarán autorizados a transitar por la vereda.
  • Estándares para equipamiento de ciclistas: La ley incorpora la obligación de los ciclistas de portar luces atrás y adelante de la bicicleta, usar ropa reflectante, así como sillas y mecanismos de retención para menores, señalando la obligación de mantener estándares mínimos para estas sillas y carros de arrastre.
  • Distancia mínima: La nueva normativa establece una distancia mínima para adelantar a un ciclista de 1,5 metros, permitiendo una mayor seguridad para cuando ellos circulen por la calzada.
  • Estándar de ciclovías: La ley establece que el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones  pueda definir y certificar las condiciones mínimas técnicas, de gestión, operación y de seguridad de las cliclovías. La norma además busca igualar los estándares de todas las ciclovías del país, por lo que aquellas que no cumplan con lo dispuesto, deben implementar las mejoras en un plazo de 3 años.
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