Qué observar. Seis isapres alegaron este miércoles ante la Tercera Sala de la Corte Suprema por el alza de precios base de los planes cuyo rango fue fijado, de acuerdo con la ley 21.350, por primera vez en febrero por la Superintendencia de Salud, una disputa legal que se originó por recursos de protección que presentaron afiliados en contra de las aseguradoras.

  • En este tipo de causas, el máximo tribunal no suele escuchar alegatos en recursos de protección, pues solo lo hace cuando hay una causa de interés general que puede implicar sentar un nuevo precedente. Esto, pues se trata de la primera vez que la Corte se pronunciará respecto de la Ley 21.350, que fue aprobada en forma unánime por el Congreso en junio de 2021 y que implicó que la Superintendencia de Salud, y ya no las aseguradoras, determine el tope máximo con la que se subió el precio base de los plantes.
  • La Tercera Sala Constitucional, que preside el ministro Sergio Muñoz, escuchó los alegatos, que se prolongaron por cuatro horas, de seis isapres: Banmédica, Vida Tres, Colmena, Cruz Blanca, Consalud y Nueva Más Vida.
  • Por Banmédica alegó Germán Concha; por Colmena Eduardo Cordero; por Consalud Marco Roso, por Nueva Mas Vida Francisco Fuentes Valpuesta y por Vida Tres, Florencio Bernales. Esto, mientras Tomas Aravena fue el único que representó a por un afiliado en particular por Colmena.
  • En febrero, la Superintendencia fijó en un 7,6% el aumento máximo que las isapres podrán aplicar al precio base de sus planes, cuando por primera vez calculó cómo varían los costos del sistema en base al Índice de Costos de la Salud (ICSA).
  • En marzo, las isapres comenzaron a comunicar el alza del porcentaje de adecuación de los planes luego que, durante dos años, en el contexto de la pandemia, no hubo incremento en el precio.
  • Esta ley, a su vez, suponía que iba a acotar la judicialización de estos casos, algo que en lo que la Suprema ha insistido durante años. Sin embargo, aunque bajó la presentación de recursos de protección, no paró.
  • En junio, la Superintendencia de Salud señaló ante la Comisión de Salud del Senado que, según cifras del Poder Judicial, que solo en abril de 2022 se presentaron más de 160 mil recursos de protección todas las cortes de apelaciones del país.

Los efectos del fallo. Para tener un pronunciamiento de fondo, la Sala Constitucional pidió alegar a las isapres dos recursos de protección: uno que viniera acogido y otro que hubiese sido rechazado en las distintas cortes de apelaciones del país.

  • “Esto refleja que lo que pretende es definir un criterio para las próximas causas que estén en tramitación a propósito de la aplicación de esta ley”, señala profesor de derecho administrativo de la Universidad de Chile Luis Cordero, quien estudia las sentencias de la Tercera Sala de la Suprema.
  • Otra señal de que la Suprema pretende definir el criterio, es que la Sala Constitucional fue integrada solo por sus ministros titulares: Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus.
  • Si la Corte Suprema rechaza los recursos de protección, y estima que las alzas de precio base son ajustadas a la ley, implicará su primer pronunciamiento respecto de su operatividad y podría acotar o detener la judicialización.
  • Asimismo, para las isapres, un fallo a favor implicaría la recuperación, a partir de la fecha de la resolución, del diferencial de costos que se les produjo durante los dos años en que los precios se mantuvieron.
  • En cambio, si la Suprema acoge los recursos de protección y estima que el alza no era la que correspondía, podría tener un efecto directo en el destino de las aseguradoras.
  • Según cifras de las isapres de mayo pasado, el primer trimestre de 2022 registraron pérdidas de $13 mil millones por el congelamiento del precio de los planes en 2020 y 2021 y por el alza de prestaciones de salud y licencias médicas.

La Suprema y la judicialización. En marzo pasado, durante la inauguración del año judicial, en su discurso el presidente de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes, abordó la judicialización de este tipo de casos, algo que sus antecesores también habían hecho.

  • Si bien informó que los recursos de protección en contra de las isapres en 2021 bajaron respecto de 2020 a raíz de la Ley 21.350, no implicaron que continuaran presentándose.
  • Fuentes dijo que en 2021 ingresaron más de 146 mil recursos de protección sobre la materia a las cortes de apelaciones, en comparación a los 208 mil del 2020, lo que representa una disminución de casi un 30%.
  • Y agregó que un comportamiento parecido experimentó en la Corte Suprema, donde de 81 mil recursos de protección ingresados, más de 74 mil correspondieron a acciones contra isapres.
  • “En reiteradas ocasiones nuestra institución hizo presente la necesidad de solución legal a esta problemática. Pues bien, en virtud de la Ley N° 21.350 (…) no sólo se congelaron los precios de los planes ofrecidos por las isapres -lo que de paso explicaría las disminuciones de los ingresos de estas causas-, sino también se estableció un sistema de reajustabilidad de tales planes, cuyos montos máximos serán fijados anualmente por la Superintendencia de Salud. Cabe reconocer al legislador haber adoptado una medida orientada a enfrentar este problema”.
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