Acuerdo. El contralor de la República, Jorge Bermúdez, y el presidente de Codelco, Máximo Pacheco, llegaron a un acuerdo mediante el cual el primero reconoce la calidad de empresa estatal con naturaleza comercial de la cuprera. La firma minera, por otra parte, acepta que Contraloría tiene la facultad para fiscalizar aspectos tales como la contratación de servicios, motivo por el cual Codelco desistió de la demanda actual en la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del órgano contralor.

  • El convenio se firmó esta mañana, en dependencias de la Contraloría, con la presencia de altos ejecutivos de la minera estatal y de la planta directiva de la Contraloría General de la República (CGR).
  • La disputa se había prolongado desde 2016 y se había judicializado. Fuentes de ambas partes dicen que el litigio podía durar mucho más tiempo, ante lo cual decidieron una solución que evitara la prolongación del conflicto.

El caso. Por medio de un oficio reservado del 29 de febrero de 2016 a la presidenta Michelle Bachelet, la CGR informó que había razones “excepcionales” que ameritaban el inicio de esta fiscalización en Codelco. En particular, el órgano buscaba indagar en las contrataciones de servicios y el la naturaleza de las partes relacionadas.

  • Codelco rechazó que Contraloría tuviera las facultades para supervisar -en los términos que indicaba el dictamen nº 900, de 2016-, dado que a juicio de la minera ese papel lo cumplía Cochilco. El entonces presidente de Codelco, Óscar Landerretche, dijo que “la Contraloría está interpretando mal sus funciones”. El 2 de agosto de 2017, Codelco interpuso una demanda de nulidad de derecho público en contra del el dictamen de la CGR. El caso incluso pasó a una comisión investigadora de la Cámara de Diputados.
  • En primera instancia la justicia le dio la razón a la interpretación de Jorge Bermúdez. Por eso, en 2020 Codelco apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago. “La cuprífera ha explicado reiteradamente que, tras modificarse el Decreto Ley 1.350 de 1976 y aprobarse la Ley de Gobierno Corporativo, desde marzo de 2010 le aplican las normas de su propia Ley Orgánica, sus estatutos y, en lo no previsto en ellos, la Ley de Sociedades Anónimas abiertas y la legislación común. Además, su propio estatuto orgánico exceptúa a Codelco de normas que rigen para otras empresas públicas, a menos que hagan expresa referencia a la Corporación”.

Acuerdo. Con la llegada de Máximo Pacheco a Codelco, las partes se acercaron. “Esto fue fruto del diálogo”, indica una fuente con conocimiento de esas reuniones.

  • Desde el punto de vista de la Contraloría, Codelco se allana a ser fiscalizado en sus contratos con terceros, todo un triunfo considerando la resistencia que se armó desde 2016.
  • En un hecho esencial de Codelco enviado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), se establece que Codelco se obliga a cumplir requisitos en “en la suscripción de contratos con partes relacionadas, en casos calificados”. Deben ajustarse a “condiciones de equidad” habituales en el mercado, el directorio debe dar una aprobación fundada que explicite esos requisitos, y que todo quede resguardado en un repositorio con acceso exclusivo a los fiscalizadores de la Contraloría y de Cochilco.
  • Se considerarán como operaciones con partes relacionadas los negocios en que tengan interés los directores, el presidente ejecutivo, los vicepresidentes y gerentes generales, y los gerentes y directores que dependan directamente de lo anteriores, sus cónyuges y convivientes civiles, o sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, así como las sociedades en las que estos o aquellos sean dueños de un 10% o más de su capital, o sean directores, gerentes, administradores o ejecutivos principales.
  • En ese contexto, el convenio agrega que Contraloría se compromete a colaborar con Codelco en la verificación de intereses y patrimonio y de parentesco. Codelco remitirá a Contraloría sus Declaraciones de Intereses y Patrimonio (DIP) de sus directores y ejecutivos superiores, tras lo cual el órgano contralor hará una revisión cuyos resultados transmitirá a la empresa para que efectúe las medidas correctivas pertinentes.
  • Fuentes de Codelco comentan a Ex-Ante que hubo una mejor delimitación de lo que se entiende como “partes relacionadas”, dado que hasta ahora se evaluaba que la Contraloría no distinguía las complejidades del negocio minero. Pero con el principio de probidad bien detallado, se llegó al acuerdo.
  • Pero hay algo más: en Codelco subrayan esta parte del hecho esencial enviado a la CMF: el convenio resguarda “el principio de probidad, la condición de empresa del Estado y la naturaleza comercial de sus operaciones que desarrolla en un mercado competitivo”. Es decir, la Contraloría acepta que Codelco, al ser una empresa estatal que compite en el mercado, se rige por condiciones particulares de supervisión que deben evitar comprometer su competitividad como si se tratara de una entidad pública.
  • Como parte de ese acercamiento, en el mismo hecho esencial se dice que Contraloría reconoce que desde la dictación del Informe Final N°900/2016, Codelco ha efectuado “avances significativos” en sus mecanismos de contratación y modificaciones en su normativa interna.

 

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