Qué observar. “Siendo las 12:00 horas de hoy, se tomó contacto a través de videollamada con el testigo Manuel Mauricio Woldarsky González”, dice la declaración del 21 de abril de 2021 del abogado, ex miembro de la Lista del Pueblo y ex integrante de la Convención Constitucional.
- El testimonio del exconvencional —uno de los impulsores del indulto a los presos del 18-O en la Convención— fue considerado “de relevancia” por la fiscal Ximena Chong. Lo incluyó como el testigo número 32 de los 69 que presentó en la acusación por homicidio frustrado al excarabinero Sebastián Zamora, quien el 2 de octubre de 2020 arremetió con su sección por el puente Pío Nono, impactando a un adolescente de entonces 16 años, quien cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho. Resultó con sus 2 muñecas quebradas, un tec y una contusión en la base del pulmón derecho.
- En la acusación detalló que “como parte de la coordinadora de DD.HH de Providencia, declarará acerca de las labores desarrolladas como observador de DD.HH en el marco de las manifestaciones sociales, y en particular, acerca de las circunstancias en que se encontraba en la Plaza Baquedano y sus alrededores, incluyendo el Puente Pio Nono el día viernes 02-10-2020”.
- Dijo, también, que “declarará asimismo con relación a los antecedentes que reunió y aportó al Ministerio Público”.
- El excarabinero Zamora estuvo 5 meses recluido y tiene desde marzo la medida cautelar de firma quincenal. Su defensa, el estudio Peña, Fodich, Villalobos de los ex fiscales Alejandro Peña, Vinko Fodich y José Antonio Villalobos presentó 2 peritajes para sostener que el impacto de Zamora con el joven no corresponde a la acción de empujar y que no hay evidencias de que la caída provoque la muerte, por lo que sería incorrecta la calificación de homicidio frustrado. La tesis es avalada por los peritajes.
- Resoluciones de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Santiago dieron credibilidad a los peritajes.
Antes de la arremetida. “Iniciamos nuestra misión en terreno alrededor de las 6 de la tarde. Nos encontramos cerca de las 18:30, me acuerdo, y nuestra jornada de observación partió haciendo un recorrido por el perímetro de la Plaza de la Dignidad”, consignó su declaración.
- “Carabineros avanzaba y retrocedía empujando a los manifestantes hacia la facultad de Derecho de la Universidad de Chile y hacia el parque forestal. Después retrocedían, porque los manifestantes se reagrupaban”.
- “Me mantuve apostado en esa esquina, la esquina norponiente del triángulo del que estábamos hablando, y veo que se encuentra el carro LA-20, el LA-60, el J-013, el J 1230, y pasa muy cerca de mí un piedrazo que venía dirigido a Carabineros, aparentemente lanzado desde el puente Pío Nono”.
- “Luego de que ocurre el piedrazo, recibimos la alarma de los mismos manifestantes de que alguien había caído al lecho del río”.
- “Me acerco corriendo y veo un muchacho en el suelo boca abajo, aparentemente inconsciente, no se movía, y jóvenes desde los distintos lados de la ribera comenzaron a bajar hacia la ribera con la intención de sacarlo del agua y asistirlo”.
- “En ese momento Carabineros retrocedió. No hay ningún efectivo ni en el puente, ni cerca del puente ni en los alrededores. El carro más cercano es el LA 60, que se encuentra en Vicuña Mackenna, entre Andrés Bello y Merced. Pero no hay presencia de infantería, como había ocurrido ya con lo que carabineros denomina ‘arremetida’, que es cuando salen corriendo a intentar detener a los manifestantes”.
- “El muchacho se mantenía en el suelo sin moverse y estaba siendo atendido por brigadistas de salud. Esto fue alrededor de las 7 de la tarde”.
Después de la arremetida. “Comenzamos a hacer algunas consultas a manifestantes y a otros voluntarios de organizaciones de DDHH, con quienes empezamos a intercambiar visiones sobre lo ocurrido”.
- “Cuento con el registro audiovisual, obtenido por la cámara Go Pro que llevaba, de 2 manifestantes que señalan que vieron que uno de los funcionarios toma al muchacho de la mochila y lo empuja por la baranda del puente, que en este caso corresponde a la baranda poniente del puente, en dirección norte sur. Y luego de que ocurre esa dinámica el funcionario se queda mirando, luego retrocede y se pierde de vista, para luego comenzar una segunda arremetida”.
- “Hubo una ejecución de una orden, básicamente, desde la lógica de lo que pude observar. Carabineros actuó de manera coordinada, luego que se escuchara una orden de proceder. Esto fue cuando yo estaba en el triángulo, en el monumento de Plaza Italia”.
Los peritajes y la visión de los jueces. El 2 de marzo de 2021, tras pasar 5 meses recluido en una unidad policial, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cambió la medida cautelar de Zamora por arresto domiciliario total. El 11 de ese mes la Corte de Apelaciones ratificó la resolución. “Los antecedentes dados a conocer en esta audiencia por la defensa del imputado constituyen elementos de convicción nuevos y relevantes que permiten concluir que la situación procesal de éste (…) se ha modificado”, consignó la resolución.
- En mayo de 2021 el juez Ponciano Salles rebajó de arresto domiciliario total a arresto domiciliario nocturno su medida cautelar. Planteó que en el juicio deberá resolverse si la arremetida del policía puede ser calificada como un cuasi delito, lesiones graves o un accidente como dice la defensa, o bien como un homicidio frustrado, como plantea la fiscalía.
- Los peritajes mencionados por los jueces corresponden a 2 informes que analizaron tres puntos: el contacto físico entre el carabinero y la víctima, la altura de la baranda del puente Pío Nono (que tenía 30 centímetros menos de los 140 que establece la norma, sostuvieron) y la consecuencia de la caída.
- Posición de los brazos: El peritaje firmado por el ex prefecto inspector de la PDI Gilberto Loch y el subprefecto en retiro Carlos Alarcón analizó 5 videos con imágenes del momento en que el carabinero alcanzó al manifestante que corría paralelamente a la baranda poniente del puente, hacia el norte.
- El análisis sostuvo que el carabinero tenía el brazo derecho prácticamente extendido, en un ángulo de 160°, y el izquierdo doblado, formando un ángulo de 100°.
- Afirmó que la acción de empujar conlleva tener los brazos en una posición distal, de adentro hacia afuera, para desestabilizar a la otra persona. La disposición de los brazos de Zamora mostraría que intentó tomar al adolescente con la mano derecha y agarrarlo de la cintura con la izquierda, dijeron.
- El peritaje concluyó que las acciones realizadas por el uniformado fueron de agarre, descartando acciones de empuje.
- Informe médico: El peritaje incluyó un informe de la profesora de medicina legal de la Universidad de Chile, Carmen Cerda Aguilar, que contravino el informe del Servicio Médico Legal que afirma que si el adolescente no hubiera sido atendido rápidamente habría muerto en el lecho del Mapocho.
- Planteó, en cambio, que en la literatura científica especializada no se documenta ninguna relación entre homicidio y fractura de muñecas, que las lesiones del paciente eran explicables por una caída de altura y que por tanto no es sostenible que las lesiones presentadas por el paciente hayan sido mortales de no mediar socorros oportunos y eficaces.