Qué observar. El 7 de noviembre, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó un recurso de amparo en contra de la subsecretaría del Interior, en favor de 6 de los 12 ciudadanos colombianos que el Presidente Gabriel Boric busca expulsar.

  • El caso se remonta al 9 de octubre, cuando carabineros acudieron a un procedimiento por un presunto robo en Puerto Montt. En un video, viralizado posteriormente, se ve a un grupo de hombres y mujeres forcejeando y golpeando a los efectivos de uniforme en la calle.
  • De los 13 detenidos, todos ciudadanos colombianos, 12 fueron imputados por la agresión. La detención del décimo tercero fue declarada ilegal por el tribunal. De acuerdo con el sitio del Poder Judicial, 4 están en prisión preventiva.
  • El 12 de octubre, el presidente se refirió al caso durante una gira al norte. “He instruido al subsecretario del Interior (Manuel Monsalve) que a las personas que participaron de esta agresión a Carabineros se les aplique el artículo 132 de la ley de migración y se proceda a su expulsión”, dijo en Calama.
  • La defensa de 6 de los 12 presentó un recurso de amparo para evitar la expulsión, el que fue rechazado el 5 de noviembre por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. En fallo dividido, el tribunal resolvió que la actuación de La Moneda no había sido arbitraria como sostenía la defensa.
  • La Corte, sin embargo, mantuvo en suspenso la expulsión mientras los imputados mantengan medidas cautelares, lo que vuelve incierto cuándo ocurrirá. El plazo inicial de investigación es de 90 días, lo que postergaría las expulsiones para 2023.
  • En este escenario es que el 7 de noviembre el INDH presentó un nuevo recurso de amparo, esta vez por otros 5 de los colombianos que el Presidente busca expulsar. El sexto caso representado por el INDH ya había sido incluido en el primer fallo.

Qué argumentó el INDH. “El día 9 de octubre de 2022 se realizó en la ciudad de Puerto Montt un procedimiento policial por parte de Carabineros de Chile, motivado en la detención por flagrancia de dos individuos previamente identificados por una víctima, quienes habrían cometido delitos de agresión e intimidación con armas de fuego, así como el robo aparentemente de una motocicleta”, consignó el recurso presentado por el psicólogo Mauricio Maya, jefe del INDH de Los Lagos.

  • “Funcionarios de Carabineros proceden a hacer ingreso al lugar al haberse identificado el vehículo motorizado en cuestión, señalándose en versión de funcionarios de Carabineros que en dicha situación alrededor de 20 personas que se encontraban en los inmuebles, emergen de las cabañas para agredir a Carabineros, insultándolos y resistiéndose activamente a la fiscalización, atacando presuntamente a los funcionarios con botellas y otras armas, debiendo los funcionarios solicitar refuerzos”.
  • “Una vez arriban los refuerzos, se realiza la detención de 13 personas”.
  • “En el presente caso, los amparados señores William Espinosa Murillo, Harrison Mancilla Riascos, Emerson Mancilla Orobio, Heberto Salas Castro, Oscar García Segura y don Wingston Castro Castro no tuvieron la oportunidad de defenderse en el procedimiento administrativo iniciado en su contra, y que finalizó con el acto administrativo que ordena su expulsión, de hacer descargos ni ofrecer prueba alguna con el fin de representar y demostrar a la recurrida su situación”, consignó el texto. “Lo anterior devino en que sus condiciones particulares no fueron consideradas como antecedentes para la dictación del acto recurrido”.
  • “El acto recurrido infringe las garantías del debido proceso (…). El derecho internacional y las garantías mínimas del debido proceso en los procedimientos de expulsión”.

Qué dijo la Corte. Este domingo, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó, en fallo dividido, el recurso presentado por el INDH.

  • “No se advierte por estos sentenciadores la existencia de algún actuar ilegal o arbitrario en la dictación de las órdenes de expulsión a través de las resoluciones exentas previamente señaladas, toda vez que las mismas se encuentran debidamente fundamentadas, siendo dictadas por la autoridad competente y en uso de las facultades entregadas por ley para ello”.
  • “Lo anterior, por cuanto dicha facultad no requiere del establecimiento previo de una sentencia penal condenatoria, toda vez que la ley no contempla aquello como un requisito de procedencia, para el ejercicio de dicha facultad”, dijo la resolución de los ministros Jaime Meza y la fiscal judicial Mirta Zurita. La ministra Gladys Avedaño estuvo por aprobar el recurso.
  • También reiteró que los imputados no podrán dejar el país mientras se mantengan sus medidas cautelares.

Cuál es el perfil de los 6 defendidos por el INDH. Un informe elaborado por el director de migraciones, Luis Thayer, y otro de la Policía de Investigaciones, detalló el perfil de los imputados. A continuación, los antecedentes recabados de los 6 defendidos por el INDH.

  • Ingreso irregular y causa por tráfico. Harrison Mancilla Riascos ingresó a Chile de manera irregular. “(El) 14 de agosto de 2019 (…) se dictó la expulsión del extranjero en mención por haber ingresado de manera clandestina al territorio nacional”, dice el reporte de Thayer. La PDI informó que al ser detenido el 9 de octubre por maltrato de obra a Carabineros registraba “arraigo judicial por vigente por el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades” en el Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Está en prisión preventiva.
  • Ingreso irregular. William Espinoza Murillo ingresó al país de manera irregular, informó la PDI al gobierno.
  • Ingreso irregular. Emerson Mancilla Orobio ingresó irregularmente en enero de 2021, informó el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Puerto Montt al Servicio de Migraciones.
  • Ingreso irregular. Winstong Castro ingresó al país de manera irregular, informó la PDI al gobierno.
  • Ingreso como turista. Heberto Salas Castro entró a Chile como turista el 1 de febrero de 2018. El 30 de octubre de ese año el Departamento de Extranjería le otorgó una visa de residencia temporaria por un año. No registraba solicitudes de permisos de residencia vigentes. Está en prisión preventiva.
  • Ingreso como turista. Oscar Antonio García Segura, 39, nació en Buenaventura, al oeste de Bogotá, en 1983. Entró a Chile desde Perú, el 27 de febrero de 2018. Lo hizo por el paso Chacalluta de la Región de Arica, en calidad de turista. El 5 de noviembre de ese año se le otorgó una visa de residencia temporal, por un año. El 19 de noviembre de 2021 el Servicio Nacional de Migraciones le otorgó una visa temporaria, por un año también. Al ser detenido el 9 de octubre por maltrato de obra a Carabineros, tenía residencia en Puerto Montt. No registraba encargos judiciales en Chile ni por Interpol. “Intimidó a los funcionarios policiales con un perro de raza pitbull”, agrediendo a una subteniente y a un cabo segundo, dice el informe de Interior. “Además, con un arma blanca provocó daños en (2) vehículos policiales”. Estaba siendo buscado por la policía.
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