Los vocales de mesa son una parte relevante de cada elección y estos próximos 26 y 27 de octubre, en las elecciones de gobernadores regionales y municipales, no habrá una excepción.

Cabe recordar que los residente del país deben concurrir a las urnas ya que el voto es obligatorio.

Este sábado 12 de octubre desde las 0 horas se dio a conocer el listado de personas seleccionadas para ejercer de vocales de mesa. A diferencia del primer llamado del pasado 5 de octubre, esta vez este listado es definitivo, por lo que quienes fueron seleccionados no podrán excusarse y tendrán que obligatoriamente ejercer esta labor.

Si los vocales de mesa no se excusan y no asisten a sus labores, serán citados a su respectivo Juzgado de Policía Local y multados económicamente.

 

¿Cuánto pagan a los vocales de mesa?

Si ejerces el rol de vocal de mesa te corresponde un bono especial que paga Tesorería General de la República. Este bono es de dos tercios de UF con un incremento de 0,22 UF para vocales nuevos poro asistir a una capacitación. 

  • Pago a vocales de mesa: $25.286 aproximado

*Montos a enero de 2024

Al tratarse en esta ocasión de dos días de elecciones, el monto se duplica, por lo que los vocales de mesa recibirán un total de $50.572.

Vocales de mesa: Quienes no fueron designados

El Servel no seleccionó a otro grupo de ciudadanos para estar labor debido a las funciones que cumplen. Estos son:

  • Las personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales. 
  • Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive. Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer. 
  • Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales. 
  • Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, 
  • Embajadores y Cónsules de Chile. 
  • El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales. 
  • Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público. 
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).
Publicidad