Este sábado 26 y domingo 27 de octubre se desarrollarán en nuestro país las Elecciones 2024, donde los chilenos y chilenas votarán por gobernadores o gobernadoras regionales, consejeros o consejeras regionales, alcaldes o alcaldesas y concejales o concejalas.
El voto es obligatorio y la ley establece que quien no sufrague será denunciado por el Servicio Electoral (Servel), arriesgando una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales (UTM), es decir 33.280 pesos, dictaminada por el Juez de Policía Local.
Elecciones 2024: ¿Cuándo el voto es válido, nulo y blanco?
El Servicio Electoral (Servel) y la Ley 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, aclaran lo siguiente al respecto.
- Votos válidos: son los que evidencian sólo una preferencia.
- Votos nulos: aquellos que tienen marcado más de un candidato.
- Votos blancos: son aquellos en los que no se ha emitido una preferencia.
Además, el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, ya explicó en el pasado que “el voto nulo no se considera para nada, lo mismo que el voto en blanco. No tiene ningún efecto”.
Adicionalmente, el Servel explicó que también existen tres tipos de resultados.
- Resultados preliminares de Servel: reflejan los datos de una copia del acta de escrutinio de cada mesa de votación. Tienen sólo efecto informativo.
- Resultados provisorios: los Colegios Escrutadores se reunirán el lunes 28 de octubre y en audiencia pública registrarán y sumarán el número de votos obtenidos por cada opción, luego levantan un acta con resultados provisorios.
- Resultados definitivos: el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) o el Tribunal Electoral Regional (TER) procesa las actas y conforma su propio escrutinio. Revisa errores, diferencias y descuadraturas de actas. Es el organismo que entrega resultados definitivos.
¿A qué hora abren las mesas?
El sábado 26 y domingo 27 de octubre, a partir de las 07:30 horas, las personas designadas como vocales deberán instalar cada mesa receptora de sufragios con al menos tres vocales, informó el Servel.
Se podrá votar desde las 08:00 hasta las 18:00 horas. Las mesas no podrán cerrar mientras existan electores o electoras esperando para sufragar.
A las 18:00 horas del sábado 26 de octubre, y no habiendo electores o electoras esperando para sufragar, quien presida la mesa declarará la suspensión de la votación.
A las 18:00 horas del domingo 27 de octubre, el presidente o presidenta de la mesa declarará cerrada la votación, a menos que hubiese electores o electoras de la mesa esperando para sufragar, ya sea en filas al interior o exterior del respectivo local de votación, en cuyo caso la mesa deberá permanecer abierta hasta recibir el sufragio de todos los electores y electoras que se encuentren a la espera de votar.
¿Quiénes deben dejar constancia en Carabineros?
Es importante recordar que la única constancia que se deja en Carabineros, en caso de no poder votar, es por encontrarse a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral.
Este trámite se realiza los mismos días de las elecciones, ningún otro día, y es muy importante guardar el comprobante de constancia para cuando sea citado ante el Juez de Policía Local.
Carabineros informó que este sábado 26 y domingo 27 de octubre tendrá habilitada la constancia digital en Comisaría Virtual.
¿Cómo se deja constancia en Comisaría Virtual?
- Ingresar a comisariavirtual.cl con Clave Única.
- Completar los datos personales y electorales. El sistema entregará un código alfanumérico.
- Con el código alfanumérico y tu cédula de identidad debes concurrir al cuartel policial más cercano en donde un carabinero validará tu constancia.
¿Si tengo un familiar grave u hospitalizado? ¿Si me encuentro fuera del país?
En ninguno de los dos casos deberás concurrir a un cuartel policial o dejar tu justificación en Comisaría Virtual, ya que el Juez de Policía Local de tu comuna posteriormente te citará y deberás presentar tus antecedentes, indicó Carabineros.
Efectivamente, complementó el Servel, para las otras excusas que define la ley, el elector y electora deberá esperar ser citado por el Juzgado de Policía Local y presentar la documentación correspondiente a su justificación, la que será sopesada por el Juez según su criterio.