Para el sábado 26 y domingo 27 de octubre están programadas las elecciones municipales y regionales 2025, en las que la ciudadanía está convocada para renovar sus autoridades. Serán cuatro papeletas y cuatro votos los que deberán hacer los ciudadanos y ciudadanas: alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales. 

Son más de 15 millones de personas las convocadas a votar, y recordemos que el voto es obligatorio, por lo que quienes no acudan a las urnas deberán pagar una multa de 0.5 UTM, algo así como 33 mil pesos.

Los electores y electoras deberán acudir el sábado 26 o el domingo 27 a las urnas, donde serán recibidos por los vocales de mesa, ciudadanos y ciudadanas designados para cumplir el rol que serán anunciados esta semana.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

La respuesta pare este tipo de informaciones siempre es la consulta del Servicio Electoral. Sin embargo, hay un calendario 

Esta información la puedes averiguar con una sencilla consulta en el sitio web del Servicio Electoral y sólo necesitas tu RUT. Para hacer la consulta, haz clic acá y digita tu rut sin puntos y con guion.

Además de saber si uno será vocal de mesa, en el sitio web se puede conocer dónde voto, es decir, el lugar de votación y la mesa correspondiente.

Por ahora, el sitio de consulta del Servel sólo despliega la información sobre en qué comuna estás inscrito, lo que -como dijimos- sirve para conocer a quiénes se postulan y aparecerán en la papeleta.

¿Cuándo se conocen los vocales de mesa?

El día en que sabrás si fuiste designado vocal de mesa (y tu lugar de votación) es el próximo sábado 5 de octubre.

Si fuiste designado como vocal de mesa y necesitas excusarte, debes cumplir con alguna de las causales de la Ley N° 18.700. Podrás hacerlo desde el 7 hasta el 9 de octubre de 2024, en tu respectiva Junta Electoral.

Las causales son:

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.  
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.  
  • Tener más de 70 años de edad.  
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.  
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.  
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).  La calidad de persona cuidadora podrá ser acreditada mediante la presentación de la credencial de persona cuidadora o el documento que acredite la inscripción como tal en el registro del Ministerio de Desarrollo Social
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