Tras concluir la verificación de los reajustes de los planes base informados por las isapres a inicios del presente mes, la Superintendencia de Salud dio a conocer este jueves los resultados de este proceso que estableció para el caso de las instituciones abiertas del sistema un incremento de 2,6% para un conjunto de cinco aseguradoras para el periodo anual 2023-2024 que se inicia en junio próximo.
Las isapres que podrán aplicar este incremento son Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Nueva Más Vida y Banmédica. Por su parte, las isapres Consalud y Esencial no aplicarán reajustes en ese período, la primera de ellas por no informar alzas al regulador y la segunda por tener menos de un año de antigüedad.
“Gracias a la aplicación íntegra de la ley 21.350, que reguló el alza de los precios base de las isapres, este año, ellas sólo podrán aplicar hasta un alza de 2,6 %, acorde con el máximo que estableció la Superintendencia mediante el cálculo del Índice de Costos de la Salud (ICSA), que es la variación promedio interanual de aumento del costo del sistema de salud”, explicó el superintendente de Salud Víctor Torres.
Debido a que la autoridad aplicó un tope de 2,6% general para este proceso, los incrementos que las isapres propusieron inicialmente por sobre límite finalmente quedaron fijados a ese porcentaje. Esos fueron los casos de Cruz Blanca, que había planteado un aumento de 11,8 %; de Vida Tres, que inicialmente propuso un 8,1 %; de Banmédica, que buscaba un alza de 5,8 %, y de Colmena, que aspiraba a una variación de 2,9 %.
Distinto es el caso de Nueva Más Vida, que planteó un incremento de exactamente 2,6%.
“Hemos concluido este proceso de verificación de los antecedentes entregados por cada una de las Isapres para justificar la adecuación precio base 2023, y algunas verificaciones fueron superiores al tope máximo de 2,6% que calculamos en el ICSA, por lo que éstas deberán ajustar y bajar el porcentaje de alza a dicho indicador”, señaló Torres.
En relación a este proceso de ajuste, el regulador agregó que “los resultados de la verificación arrojaron porcentajes de variación de costos interanual entre un 12% y un 2,9%, por lo que las Isapres que obtuvieron verificaciones por sobre el indicador sólo podrán aumentar hasta en 2,6% el precio base de los planes de salud, que es el tope máximo del alza establecido por la Superintendencia de Salud”.
En su balance de los incrementos establecidos para los planes base, Torres afirmó que “hoy podemos observar los efectos positivos de contar con un mecanismo para calcular el Indicador de Costos del Sistema de Salud, ya que al establecer un tope máximo en la variación de éstos, estamos impidiendo que el aumento total de los costos de las prestaciones de salud sea traspasado a las personas afiliadas del sistema privado de salud”.
Sobre las consecuencias que espera en relación al funcionamiento del sistema a partir de la vigencia de los nuevos ajustes de los planes base, el superintendente afirmó que a diferencia de los “miles de reclamos que todos los años se presentaban tanto en la Superintendencia de Salud como en los tribunales de justicia, los que generalmente eran resueltos a favor de las personas afiliadas”, en cambio a partir de ahora “las personas pueden tener la certeza de que el incremento del precio base de su plan de salud, está normado por la autoridad y es un valor justo y correcto”.
Una vez cumplida esta etapa del proceso, las isapres tienen plazo para notificar a sus afiliados las respectivas adecuaciones de precio base de sus planes de salud hasta el 31 de marzo. Y una vez recibida la comunicación, “las personas cotizantes podrán: aceptar el alza, elegir algún plan alternativo que le debe ofrecer la Isapre, desahuciar el contrato u oponerse al alza aplicada”, indicó la autoridad.