El Departamento de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos resolvió instruir a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) que descarte cualquiera relación comercial con casas de apuestas en línea no autorizadas en el país y que informe a sus socios que procedan de igual manera.
La resolución la adoptó el organismo tras un procedimiento de fiscalización iniciado hace un año, a raíz de una presentación de diputados encabezados por Jaime Mulet y Marisela Santibáñez, de agosto de 2022, por eventuales infracciones legales cometidas por la ANFP en este ámbito.
En el marco de la fiscalización, se solicitaron informes a la ANFP; al Archivo Nacional; el Servicio de Registro Civil e Identificación; a la Superintendencia de Casinos de Juegos; a Polla Chilena de Beneficencia; el Servicio de Impuestos Internos; la Comisión para el Mercado Financiero; el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria; y al Consejo de Defensa del Estado.
Adicionalmente, se puso en conocimiento al Ministerio Público tanto de la presentación hecha por el diputado Mulet como sobre la fiscalización iniciada por tratarse de hechos que pueden ser constitutivos de eventuales delitos.
Instrucciones:
Una vez concluida la fiscalización, se resolvió instruir a la ANFP dejar sin efecto cualquier contrato que lo vincule con la empresa de apuestas online Betsson y que, en caso de mantener cualquier tipo de relación contractual con una casa de apuestas distinta a ella también se le ponga término, absteniéndose de realizar a futuro cualquier actividad comercial de similar naturaleza.
Además, la ANFP deberá informar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la naturaleza jurídica de cada uno de sus socios, indicando también cuáles de estos mantienen relaciones contractuales con casas de apuestas con sede en el extranjero, los que deberán actuar de similar manera, en cuanto a concluir sus vínculos.
Para estos efectos, el Departamento de Personas Jurídicas fijó un plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del oficio con sus instrucciones, para darles cumplimiento e informar a esta cartera.
En la oportunidad, desde el Departamento de Personas Jurídicas se informó que los artículos 557 y 559 letra c) del Código Civil, disponen que el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se mirará como infracción grave a los estatutos, presupuesto que puede ser fundamento para solicitar al Consejo de Defensa del Estado que promueva el correspondiente procedimiento destinado a disolver la entidad por sentencia judicial.