El código ético de la FIFA suspendió a Harold Mayne-Nicholls por entregar información sobre la asignación de los Mundiales de fútbol del 2018 en Rusia y 2022 en Qatar.
Recordemos que el dirigente presidió el Grupo de Evaluación para las Copas del Mundo de esos años y conoció información detallada de cada postulación de los países que pidieron organizar los certámenes.
Desde la FIFA afirman que Mayne-Nicholls faltó al artículo 36 del organismo respecto a su código de ética, el que dice lo siguiente:
Art. 36 Código Ético de la FIFA: Confidencialidad
1. Los miembros del Comité de Ética y los miembros de las secretarías deberán asegurarse de que todo se da a conocer a su favor durante el ejercicio de sus funciones es confidencial, en particular, los hechos del caso, el contenido de las investigaciones y deliberaciones y decisiones tomadas, así como datos de carácter personal privada de acuerdo con el Reglamento de protección de datos de la FIFA. Igualmente, los miembros del Comité de Ética no harán ninguna declaración relacionados con procedimientos en curso tratados por el Comité de Ética.
2. Sólo las decisiones finales ya notificadas a los destinatarios podrán hacerse públicos.
3. En el caso de incumplimiento de este artículo por un miembro del Comité de Ética, el miembro correspondiente serán suspendidos por la Comisión Disciplinaria de la FIFA hasta el próximo Congreso de la FIFA.
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