Finalizada la primera audiencia de formalización de los diez imputados por el denominado caso Penta, la defensa de los involucrados manifestó su disconformidad con las diferencias entre las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público.
-Délano, Lavín y Alvarez: Prisión preventiva
El fiscal Carlos Gajardo solicitó la prisión preventiva para: Carlos Délano, Carlos Lavín e Iván Álvarez. Este último figura actualmente detenido por el caso Fraude al FUT.
Esto implicaría que debieran permanecer en prisión durante la indagatoria.
-Castro y Bravo: arresto domiciliario y arraigo
El fiscal Gajardo también pidió arresto domiciliario total y arraigo nacional para Marcos Castro y Hugo Bravo. Si se acoge este pedido, ambos debieran permanecer confinados en su domicilio, sin posibilidad de ausentarse del país.
-Bombal, Tocornal e Irarrázabal
A su turno, el fiscal Emiliano Arias pidió para arresto domiciliario total y arraigo nacional para Manuel Tocornal y firma semanal y arraigo nacional para Carlos Bombal y Samuel Irarrázabal.
En este último grupo de imputados, la Fiscalía incluyó la firma semanal, que implicaría que debieran acudir a rubricar y dar cuenta que permanecen en el país.
¿Qué son las medidas cautelares?
Según detalla el centro de Justicia, "son medidas restrictivas o privativas de la libertad personal o de disposición patrimonial del imputado, que decreta un tribunal con competencia penal a solicitud de parte interesada y siempre que concurran fundamentos que justifiquen su aplicación"
¿En qué casos se adoptan estas salvaguardas?
Un tribunal resolverá aplicar alguna de estas medidas para:
-Velar por la seguridad de la sociedad o la víctima
-Velar por asegurar los procedimientos de investigación
-Asegurar la existencia de bienes para una eventual reparación
Entre las medidas cautelares personales se consideran:
· Prisión preventiva
· Privación de libertad domiciliaria
· Vigilancia por alguna Institución definida por Tribunal
· Firmas en el Ministerio Público
· Arraigo nacional
· Prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares
· Prohibición de comunicarse con personas determinadas
· Prohibición de acercarse al ofendido o su familia