Por J. Donoso, M. Saavedra y J. Sáez

Cinco, de los seis personeros que serán formalizados por la Fiscalía en el marco de la investigacion del Caso Penta, están acusados por delitos contemplados en el artículo 97 número 4 del código tributario: Manuel Antonio Tocornal, Carlos Alberto Délano, Carlos Eugenio Lavín, Samuel Irarrázaval y Carlos Bombal.

1. Delito tributario

Las penas posibles por delito tributario en los casos que señala como atribuible a infringir el mencionado artículo del código tributario van desde el cobro del 50 al 400% de lo defraudado. En función del nivel del ilícito cometido, se contempla también desde presidio a menor en grado medio y máximo, a presidio mayor en grado mínimo.

2. Soborno

En este ítem se hace la distinción entre el pago ofrecido o consentido. La pena es de "reclusión menor en sus grados mínimo a medio, en el caso del beneficio ofrecido, o de reclusión menor en su grado mínimo, en el caso del beneficio consentido", desde 541 días a tres años de presidio.

3. Cohecho

Cada situación que enfrentan por ejemplo, el ex subsecretario de Minería, Pablo Wagner, acusado de recibir pagos por parte de Penta mientras fue parte del gobierno de Sebastián Piñera, está acusado de lavado de activos y cohecho.

Para dichos casos, la ley contempla en el caso del cohecho, "la pena de reclusión menor en su grado mínimo, suspensión en cualquiera de sus grados y multa de la mitad al tanto de los derechos o del beneficio solicitados o aceptados", según se especifica en el código penal, es decir, de 541 días a 5 años de presidio.

4. Lavado de activos

El cuarto de los delitos por los que son formalizados algunas personas ligadas al caso es sancionado - según la ley 19.913. Sus infractores arriesgan "penas de presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de 200 UTM ($ 8,2 millones) a 1000 UTM ($ 41 millones)".

El abogado penalista Felipe Polanco, advierte que esto significa que de comprobarse, este tiene "categoría de crimen y su pena mínima es de cinco años y un día".

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