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Elecciones 2021

Servel publica nómina de vocales de mesa: ¿Quiénes se pueden excusar de cumplir con su rol?

Servel publica nómina de vocales de mesa: ¿Quiénes se pueden excusar de cumplir con su rol?
T13
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A las causales que rigen en cada proceso eleccionario, este año se sumaron las embarazadas, madres de menores de 2 años y personas cuidadoras.

Un total de 230 mil personas fueron convocadas para cumplir con el rol de vocales de mesa en las elecciones de alcaldes, gobernadores, concejales y constituyentes.

Se trata de inédita no solo porque dos de los cargos a elegir son nuevos sino que además por el hecho que se realizará en dos días: 10 y 11 de abril, como una manera de disminuir el aforo en los locales y asegurar la participación en un proceso que tomará más tiempo de lo habitual, debido que se trata de 4 papeletas, donde en dos de ellas (concejales y constituyentes) habrá un gran número de candidatos.

Revisa acá si fuiste llamado como vocal de mesa

Y entre el lunes 22 y el miércoles 24 de marzo se extenderá el periodo de excusas para quienes cumplan con alguno de los requisitos establecidos tanto en la ley electoral como en las normas producto de la pandemia del COVID-19.

Las excusas establecidas para estas elecciones son:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Madres de menores de hasta 2 años. 
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Las excusas podrán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva o acreditar ante el delegado del local el día de la elección o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad (por el momento se desconoce si habrá un mecanismo online para realizar el trámite).

Luego de esto, el sábado 27 se conocerá la nómina de vocales reemplazantes, quienes no podrán excusarse. 

La labor de los vocales de mesa será remunerada por un monto de 60 mil pesos por cumplir las jornadas del sábado 10 y domingo 11, y quienes no cumplan con su rol se expondrán a multas que van desde los 100 mil hasta los 400 mil pesos. 

Revisa la nómina de candidatos a alcaldes, gobernadores y constituyentes

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