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[VIDEO] La Haya: ¿Qué implica el fallo que desechó la obligación de Chile de negociar con Bolivia?

[VIDEO] La Haya: ¿Qué implica el fallo que desechó la obligación de Chile de negociar con Bolivia?
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La Corte Internacional de Justicia determinó que intercambios sostenidos entre ambos países no resultan vinculantes. Sin embargo, afirmó que dictamen no "impide" que ambas partes puedan mantener conversaciones. "Con buena voluntad de ambas partes se pueden llevar a cabo unas negociaciones trascendentes", afirmó.

"La demanda de Bolivia nunca tuvo un sustento y por eso ha sido íntegra, total y categóricamente rechazada". Así fue la primera reacción del Presidente Sebastián Piñera tras conocer el contundente dictamen que rechazó la demanda con que La Paz buscaba obligar a Chile a negociar de buena fe una salida al mar con soberanía. 

En medio de celebraciones en La Moneda, el Mandatario se refirió a los alcances del dictamen, que desestimó que las conversaciones sostenidas entre autoridades chilenas y Bolivianas desde la segunda mitad del siglo XX constituyan una obligación de negociar. 

¿Qué implica este fallo? ¿Por qué se desestimaron los argumentos de Bolivia? ¿Se acaba la disputa entre ambos países tras el dictamen? 

Estas son algunas claves para entender el fallo. 

Corte descarta todos los argumentos de Bolivia

Fue un fallo contundente. Por 12 votos contra 3 los jueces de la Corte Internacional de Justicia determinaron que no existe una obligación de Chile de negociar una salida al mar son soberanía. Al desechar este punto, fueron desestimadas las otras dos peticiones de La Paz: esto es, que nuestro país había incumplido dicha obligación y que esta debía cumplirse de buena fe, formal y prontamente, dentro de un tiempo razonable y en forma efectiva.

¿Por qué se rechazaron todos y cada uno de los argumentos de Bolivia?

La demanda de Bolivia se sustentaba, entre otras cosas, en una serie de intercambios sostenidos entre autoridades de ambos países durante el siglo XX e inicios del siglo XXI, que a juicio de La Paz constituían una obligación de negociar. 

Entre ellos las tratativas de 1950, el "abrazo de Charaña", y la "agenda de los 13 puntos", que en su punto 6 fijó la "cuestión marítima". 

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La Haya determinó que un "intercambio de notas no puede ser considerado como un tratado internacional". Menos si ambas partes plantean puntos diferentes respecto de su contenido.

En relación a la declaración de Charaña, la Corte señala que es un documento que "podría ser calificado de tratado si las partes hubiesen expresado" dicha voluntad. Sin embargo, la redacción del documento tenía "la naturaleza" de un documento político, afirmaron.

En cuanto a la agenda de los 13 puntos, La Haya sostiene que "la mera mención de la cuestión marítima no puede llevar a la obligación de negociar". 

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Es así que concluye: "En base al examen de los argumentos de las partes la Corte concluye que los elementos bilaterales presentados por Bolivia no representan la obligación de Chile de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico".

Respecto de las resoluciones de la OEA sobre la cuestión marítima, La Haya planteó que "ninguna de las resoluciones indica que Chile tenga obligación alguna": "Estas resoluciones se limitan a recomendar a iniciar negociaciones".

Fallo no "impide" conversar "con buena voluntad"

Aunque la Corte rechazó todos y cada uno de los argumentos de Bolivia, planteó un punto que puede ser utilizado por La Paz. 

Y es que la Corte manifiesta que "no se ha de entender que el fallo impida a las partes la continuación de su diálogo y sus intercambios, en un espíritu de buena vecindad, para atender las cuestiones relacionadas con la falta de salida al mar de Bolivia, cuya solución ambas partes han reconocido constituir una cuestión de interés mutuo". 

"Con buena voluntad de ambas partes se pueden llevar a cabo unas negociaciones trascendentes", enfatiza. 

Ahora habrá que esperar la lectura que realice Evo Morales de este punto. 

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¿Por qué Bolivia no claudicará en su aspiración marítima?

Aunque Bolivia no podrá volver a llevar el caso a La Haya, eso no implica el fin del tema. 

"Hay que explicar que el problema con Bolivia no es el juicio (en La Haya) (...) El problema es que el Estado boliviano tiene una definición estatal de que tiene que luchar por una salida soberana al Océano Pacífico".

La advertencia que realizó hace algunos días el ex embajador de Chile en misión especial por la demanda boliviana, Gabriel Gaspar, da cuenta de que, pese al fallo de este lunes, Bolivia no dejará de su aspiración de lado.

Una definición que está consagrada en la Constitución de Bolivia, promulgada en 2009 bajo el mandato del actual presidente Evo Morales.

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Dicho documento establece en su artículo 268 I y II el "derecho irrenunciable" a buscar una salida al mar: "El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al Océano Pacífico y su espacio marítimo".

"La solución efectiva al diferendo marítimo a través de medios pacíficos y el ejercicio pleno de la soberanía sobre dicho territorio constituyen objetivos permanentes e irrenunciables del Estado boliviano", agrega el documento.