Megarreforma: TC acoge requerimiento de inconstitucionalidad de indemnización por anulación de RCA
Agencia Uno - Tribunal Constitucional
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El Tribunal Constitucional (TC) determinó la noche de este jueves acoger, de manera parcial, los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por parlamentarios de oposición contra la megarreforma.
Tras la sesión, se acogió de manera parcial el reparo al artículo 29 que establece la invariabilidad tributaria para inversiones nacionales y extranjeros.

En el detalle, el TC acordó acoger las siguientes disposiciones:
- La expresión “entre otros” contenida en el párrafo primero del numeral 1, denominado “De la inversión extranjera y del contrato de inversión”.
- La frase “Con todo, en circunstancias calificadas, el Ministerio de Hacienda podrá extender dicho plazo previo informe de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera”, contenida en el párrafo séptimo del numeral 1, denominado “De la inversión extranjera y del contrato de inversión”.
- La frase “o por la ejecución de proyectos conexos”, contenida en el párrafo tercero del literal A del numeral 2, en que se establecen los “derechos y obligaciones de la inversión extranjera”.
- El numeral 4 de forma íntegra, en que se regulan los denominados “proyectos conexos”.
Asimismo, el TC determinó declarar la inconstitucionalidad íntegra de los artículos 12 y 13, en los que se establecía el derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental.
El tribunal igualmente estimó que era inconstitucional la frase "que no hayan sido evaluados y”, contenida en el artículo 11 N° 4, que establece un nuevo artículo 20 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esta frase responde a quienes no formularon observaciones durante la participación ciudadana a efectos de que funden su reclamación en aspectos “que no hayan sido evaluados” y que les generen afectación directa, declarar su inconstitucionalidad.

Por último, en cuanto al artículo, que modifica la Ley N° 20.434 sobre relocalización de concesiones de acuicultura, eximiendo del ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a las denominadas “microrelocalizaciones”, se declaró como inconstitucional el numeral 2, en la frase “micro-relocalización”, y todo el numeral 3.
En cuanto a los demás normas impugnadas por la oposición, estos requerimientos fueron rechazados.
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