El 7 de mayo se realizarán las elecciones para el nuevo Consejo Constitucional, el órgano que se encargará de redactar la propuesta de nueva Constitución que será sometida a un nuevo plebiscito en diciembre de este mismo año.
Esta elección es la primera que se desarrolla luego que el Congreso aprobara volver al voto obligatorio en el país, es decir, todas las personas mayores de 18 años están convocadas a sufragar y el que no lo haga tendrá una multa.
En la elección del 4 de septiembre que marcó el triunfo del Rechazo a la propuesta de nueva Constitución de la Convención Constitucional, votaron más de 12,7 millones de personas, casi el 86 por ciento del padrón electoral.
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¿Qué multa arriesgo por no votar?
Todas las personas están convocadas para votar y habrá casos específicos para no hacerlo. Las electoras y electores que estén a más de 200 kilómetros de distancia de su local de votación podrán excusarse de sufragar poniendo una constancia en Carabineros el mismo día de la elección, y luego presentando ese documento ante el Juzgado de Policía Local que lo citará por no votar.
Todas las personas que no voten serán citadas por un juez de policía local y, además de la distancia del lugar de votación también se podrán presentar otros argumentos para justificar la ausencia a la urna.
Ellos son una licencia médica por enfermedad, constatar que se estaba fuera del país el día de la votación u otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
En caso de que no se presente ninguno de estos papeles, las personas que no vayan a votar serán sancionados con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM, algo así como entre 31 mil a 187 mil pesos.