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Bono Marzo 2015: las 12 preguntas más frecuentes para resolver sus dudas

Bono Marzo 2015: las 12 preguntas más frecuentes para resolver sus dudas
T13
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Conozca las respuestas a las interrogantes más comunes sobre el Aporte Familiar Permanente.

Desde este lunes 2 de marzo las familias de todo Chile pueden hacer efectivo el cobro del denominado "Bono Marzo 2015". En T13.cl te entregamos las respuestas a las 12 preguntas más frecuentes recabadas desde el sitio del Ministerio de Desarrollo Social.

1. ¿Es necesario inscribirse o postular?

No.

2. ¿Cuál es el monto del beneficio?

Este año 2015 es de $41.236 por carga familiar o por familia, según el grupo de beneficiarios al que se pertenezca.

El monto del Aporte Familiar Permanente se reajusta de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior al pago del beneficio. Este año la cifra ya se encuentra reajustada.

3. ¿Cuál es el calendario de pago?

A partir del 2 de marzo se comenzará a entregar el bono. Tiene nueve meses para cobrarlo.

Las personas que ya sean beneficiarias del SUF, Ingreso Ético Familiar, Chile Solidario, o subsidiarios por el IPS recibirán el bono en el lugar donde cobran las ayudas mencionadas. El resto, percibirán el dinero siguiendo un calendario en el que el IPS divide a todas las personas por grupos según sus apellidos. A cada grupo otorga una fecha a partir de la cual recibe la ayuda. 

4. ¿Es necesario inscribirse o actualizar la Ficha de Protección Social?

No. Tener acreditado el beneficio en alguno de los subsidios mencionados anteriormente al 31 de diciembre de 2014 es suficiente para tener vigente la Ficha de Protección Social.

5. ¿Qué hago sí creo que cumplo los requisitos y no aparezco en el listado de beneficiados?

Tiene un año para apelar.

6. ¿Pierdo el bono si mi empleador no me pagó la asignación familiar de diciembre de 2014?

No, pero tiene que regularizar su situación con el empleador antes de cobrarlo. Mantendrá su derecho a apelar. 

7. ¿Quién cobra el subsidio si el beneficiario de asignación familiar no vive con sus cargas?

La ley prefiere siempre a la madre que vive con sus hijos, aun sin conocimiento ni consentimiento del beneficiario que los tenga inscritos como cargas.

Si hay más de un potencial beneficiario, se le entrega a la madre.

Si quien recibe el Aporte no tiene inscritas a su nombre las cargas por las que se le da el beneficio, esta persona tiene 30 días para entregar el dinero a quien haya recibido el pago efectivo de las asignaciones familiares o a quien tenga derechos legales por alimentos.

8. ¿Se realiza algún tipo de descuento al Aporte Familiar Permanente?

No.

Este beneficio no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable), ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

9. ¿Qué consecuencias tiene el cobro indebido del Aporte?

Se aplican las sanciones administrativas y penales correspondientes. Además, se tendrá que devolver el dinero indebidamente percibido.

10. ¿Qué pasa si soy beneficiario de SUF (grupo A) y también pertenezco al Ingreso Ético Familiar o a Chile Solidario (grupo B)?

Los aportes no se suman y se privilegia el monto que se recibe por el grupo A; es decir, $42.1236 por causante o carga familiar.

11. ¿Puedo acceder al bono si regularizo mis cargas de manera retroactiva?

Si al 31 de diciembre de 2014 cumplía todos los requisitos para ser beneficiario y tenía causantes a esa fecha, debe regularizar retroactivamente con su entidad administradora, es decir; entidad pagadora de pensión, Caja de Compensación, IPS, Administradora de Fondo de Cesantía, servicio público empleador o municipio empleador, según sea su calidad de beneficiario.

12. ¿Tengo derecho al Aporte de 2015 si me autorizaron la Asignación Maternal después del 31 de diciembre de 2014, pero el embarazo comenzó antes?

Sí. Una vez que la entidad pagadora de la Asignación Maternal autoriza, debe informar a la Superintendencia de Seguridad Social sobre la vigencia del beneficio desde el comienzo del embarazo. Cuando eso ocurra (lo que debe informar directamente su entidad administradora), usted puede acceder al Aporte ingresando directamente al sitio www.aportefamiliar.cl

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